La Pampa

"Good Night": absolvieron al ex intendente Luis Rogers en la causa de trata

El ex intendente de Lonquimay Luis Rogers durante el juicio en que fue condenado por trata de persona
El ex intendente de Lonquimay Luis Rogers durante el juicio en que fue condenado por trata de persona.
Es por aplicación de la figura de "insubsistencia de la acción penal": pasó mucho tiempo desde que empezó la causa. Todos fueron absueltos.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

En una audiencia que se llevó a cabo esta mañana en el Tribunal Oral Federal de Santa Rosa, los acusados en la causa del cabaret "Good Night" que funcionó en el pueblo de Lonquimay fueron absueltos.

La decisión alcanzó al ex intendente Luis Rogers, al dueño del cabaret Carlos Fernández y al ex jefe policial, comisario Carlos Alanis.

La decisión fue adoptada "insubsistencia de la acción penal". La insubsistencia de la acción penal es una figura jurídica que extingue la pretensión punitiva del Estado cuando un proceso penal se prolonga irrazonablemente en el tiempo, vulnerando el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable. A diferencia de la prescripción, no depende estrictamente de plazos legales fijos, sino de la inactividad estatal, la complejidad del caso y la conducta del imputado.

Aunque hubo condenas en el año 2017, estas sentencias fueron apeladas. 

En octubre de 2019, la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena al jefe comunal por el delito de trata de personas y ahora otro tribunal deberá imponer una nueva pena.

El argumento para anular la condena fue que en 2017 una pena a 5 años de prisión en base a la Ley 26.364, de Trata de Personas, pese a que esa norma no se encontraba vigente al momento en el que fueron sometidas a trata y prostitución algunas de las víctimas del prostíbulo Good Night.

De esta manera, no se puso en duda la investigación o los hechos. Lo que señaló hoy Casación tiene que ver con un detalle técnico: la aplicación de la ley, que modificará todas las penas.

Ahora se debía definir una nueva condena con la ley anterior que era más benévola y establecía penas a partir de los 3 años. 

Este juicio se hizo con una composición diferente a la anterior. Estaba integrado por Simón Pedro Bracco (TOF de General Roca), Julián Falcucci (TOF Córdoba) y Alejandro Cabral del TOF Neuquén. 

El abogado Juan Carlos de la Vega, defensor de Carlos Fernández (dueño del cabaret) en la audiencia de este miércoles pidió la aplicación de la figura de la insubsistencia de la acción penal, además de otras nulidades.

Entonces, los jueces Bracco, Falcucci y Cabral, después de un cuarto intermedio decidieron la aplicación de esa figura jurídica. El resultado es la absolución de todos los acusados.

"El planteo nuestro fue que el caso no se dilató por chicanas ni por planteos nuestro, de las defensas, sino por el devenir de la causa. Los jueces resolvieron aplicar la insubsistencia de la acción penal", explicó el abogado Juan Carlos de la Vega, defensor de Fernández junto a Román Fiorucci. 

Rogers fue defendido en esta etapa del juicio por Alejandro Osio, Alanis por el abogado Mariano Alomar, y Saxs fue asistido por  el defensor oficial.

El caso "Good Night"

El caso del cabaret de Lonquimay empezó en el año 2008. En el año 2017, los acusados fueron condenados. Rogers había sido condenado a 5 años de prisión como partícipe necesario del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. La misma pena y calificación recibieron tanto el comisario Carlos Alanis como el dueño del prostíbulo "Good Night", Carlos Fernández.

También fueron condenados Eduardo Mauricio Fernández (hermano del dueño del cabaret) y Brian Martín Saxs, por considerarlos partícipes secundarios. En estos casos, los abogados solicitaron que den por cumplida la pena por el tiempo que permanecieron detenidos. 

A lo largo del debate oral, quedó acreditado que se trataba de una banda que explotaba sexualmente a mujeres en situación de vulnerabilidad, en su mayoría provenientes del norte del país, en el prostíbulo "Good Night". Para esto, contaban con el blindaje y protección por parte del comisario e intendente de esa localidad.

La instrucción de la causa estuvo a cargo del fiscal Juan Baric, con la colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).En la primera parte del caso, el juez subrogante Marcelo Piazza no acusó al exintendente Rogers a pesar de los pedidos fiscales. 

Después del procesamiento, a cargo del juez Juan José Baric, la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca revirtió esos procesamientos. El fiscal bahiense apeló la decisión. Una sala de la Cámara Federal de Casación Penal revirtió la decisión del tribunal bahiense ordenando la realización del juicio en el TOF Santa Rosa.

También te puede interesar...