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EL DIARIO digital
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La Justicia pampeana dictó este miércoles la revocación inmediata de las salidas transitorias para un condenado que, a menos de un mes de haber accedido al beneficio, protagonizó una serie de incidentes que incluyeron agresiones físicas y consumo excesivo de alcohol. El fallo subraya que el interno defraudó la confianza del sistema progresivo de ejecución penal, tornando inviable su permanencia en el régimen de semilibertad.
El interno, identificado como L., había sido incorporado al régimen de salidas en marzo de este año. Sin embargo, durante un egreso realizado en abril, la policía constató diversas irregularidades que llevaron al Juez de Ejecución a suspender el beneficio de forma provisoria, decisión que quedó firme tras una audiencia.
La Fiscalía de Ejecución Penal, a cargo de Marisol Rodríguez, solicitó la revocación total basándose en cuatro pilares fundamentales que demuestran el "desprecio" del condenado por las normas judiciales:
Violación de domicilio: Se constató que el hombre no se encontraba en la vivienda autorizada, sino que deambulaba por un domicilio distinto a unos 145 metros del lugar donde debía permanecer.
Consumo de alcohol: Testimonios concordantes confirmaron que el interno incurrió en un consumo excesivo de bebidas alcohólicas, infringiendo una prohibición expresa.
Agresión física: El hecho más grave fue un episodio de violencia donde el condenado agredió a otra persona, quien resultó con lesiones certificadas por médicos.
Desnaturalización del beneficio: Para la Justicia, el condenado utilizó el tiempo fuera de la cárcel para participar en situaciones conflictivas en lugar de avanzar en su proceso de reinserción social.
El quiebre del "Régimen de Confianza"
En sus fundamentos, el magistrado haciendo lugar al pedido fiscal y pese a la oposición de la defensa remarcó que las salidas transitorias se sustentan en la autodisciplina y la responsabilidad.
"Si L. no puede cumplir con obligaciones simples, básicas pero esenciales, es evidente que no se encuentra en condiciones de continuar gozando del beneficio", destaca el fallo.
La resolución judicial implica que el condenado deberá regresar al régimen de encierro total. El tribunal consideró que el comportamiento desplegado evidencia una incapacidad de autocontrol y un riesgo concreto de reiteración de conductas violentas para terceros.
Ahora, el interno deberá continuar trabajando dentro del sistema penitenciario en la adquisición de herramientas de "autogobierno y autodisciplina" antes de poder solicitar nuevamente, en un futuro, cualquier tipo de contacto con el medio libre. El fallo reafirma que los beneficios de ejecución penal no son derechos absolutos, sino que dependen directamente del comportamiento y el respeto a la ley por parte de los sentenciados.