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Condenan a un hombre por abusar de dos sobrinas, pero no irá a prisión

El juez Carlos Chapalcaz homologó un acuerdo de juicio abreviado
El juez Carlos Chapalcaz homologó un acuerdo de juicio abreviado.
La pena es de tres años en suspenso: no irá a prisión, pero tendrá restricciones de contacto y deberá someterse a tratamiento psicológico.

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EL DIARIO digital

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Un hombre fue condenado en Santa Rosa a tres años de prisión de ejecución condicional por abusar sexualmente de dos sobrinas, una de ellas menor de 13 años al momento de los hechos. La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado, con acuerdo entre la Fiscalía, la defensa y la conformidad de las víctimas.

El fallo fue firmado por el juez de control Carlos Chapalcaz, quien homologó el acuerdo y declaró al imputado autor de abuso sexual simple en distintos hechos ocurridos en el ámbito familiar.

De acuerdo a la investigación, uno de los casos tuvo como víctima a una niña que convivía con el acusado. Los abusos ocurrieron en dos oportunidades entre 2022 y 2023, dentro de la vivienda familiar, donde el hombre aprovechó esa situación de cercanía para realizar tocamientos de índole sexual.

El segundo hecho se registró en septiembre de 2025 y tuvo como víctima a una adolescente de 16 años. En este caso, el abuso también consistió en tocamientos en sus partes íntimas durante una reunión familiar.

Inicialmente, la Fiscalía había imputado un delito más grave en este último episodio, pero la calificación fue modificada a abuso sexual simple ante la falta de pruebas concluyentes sobre la existencia de acceso carnal.

Pruebas clave

La condena se apoyó en una serie de elementos probatorios reunidos durante la investigación, entre ellos declaraciones de las víctimas en Cámara Gesell, informes psicológicos, certificados médicos y testimonios del entorno familiar.

Los relatos fueron considerados coherentes y con detalles precisos sobre las circunstancias en que ocurrieron los hechos. Además, se valoraron indicadores de afectación emocional en las víctimas, aunque sin secuelas psicológicas permanentes al momento de las pericias.

El imputado reconoció su responsabilidad al aceptar el acuerdo de juicio abreviado, lo que permitió evitar el desarrollo de un juicio oral.

A pesar de la gravedad de los hechos, el condenado no irá a prisión. La pena impuesta es de cumplimiento condicional, lo que implica que deberá respetar durante tres años una serie de reglas de conducta.

Entre ellas, se le impuso la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de las víctimas y de establecer cualquier tipo de contacto, ya sea personal, telefónico o por redes sociales. También deberá fijar residencia, someterse a supervisión judicial y realizar un tratamiento psicológico obligatorio.

En caso de incumplir estas condiciones, la Justicia podrá revocar la condicionalidad de la pena y ordenar su detención.

Además, el fallo dispone la inscripción del condenado en el registro de antecedentes por delitos contra la integridad sexual.

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