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Refi Pampa: la pelea por 600 metros cúbicos de gasoil 

RefiPampa recuperó unos 600 metros cÃbicos de gasoil de un acreedor que los había retenido
RefiPampa recuperó unos 600 metros cúbicos de gasoil de un acreedor que los había retenido.
La historia comienza con Refi Pampa S.A., una refinería que entró en concurso preventivo (un proceso legal para evitar la quiebra y renegociar deudas) en septiembre de 2025. 

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En ese momento, la empresa tenía 547 metros cúbicos de gasoil (valorados en unos 764 millones de pesos) guardados en los tanques de PAMSA (Productores de Alcohol de Melaza S.A.), en San Nicolás

Cuando Refi Pampa pidió su combustible para seguir operando, PAMSA se negó. ¿El motivo? Una deuda de 344.517,98 dólares por servicios de almacenaje. PAMSA aplicó lo que en derecho se llama "derecho de retención": "no te devuelvo lo que es tuyo hasta que me pagues lo que me debés"

La primera batalla: La orden de devolución

El juez de primera instancia, Gerardo Bonino, fue tajante: ordenó la restitución inmediata del gasoil en 48 horas. Consideró que el combustible era un insumo esencial para que la refinería no quebrara definitivamente.  Además, fijó una multa (llamada astreintes) de 5 millones de pesos por cada día de retraso.

PAMSA no devolvió el combustible a tiempo. En lugar de eso, fue a la justicia a pedir garantías: quería que, si entregaba el gasoil, el juez le asegurara el cobro de su deuda o le dijera dónde se guardaría el combustible para poder seguir "reteniéndolo" simbólicamente

El juez rechazó este pedido, consideró que PAMSA estaba en rebeldía y le impuso una multa total de 95 millones de pesos por 19 días de demora, además de obligarla a pagar todos los gastos del juicio (costas)

El análisis de la Cámara: ¿Quién tiene la razón?

El caso llegó a la jueza Marina Alvarez, de la Cámara de Apelaciones, quien tuvo que balancear dos derechos enfrentados: el derecho de un acreedor a cobrar (PAMSA) y la necesidad de proteger a una empresa en concurso para que siga funcionando y pagando a todos sus empleados y acreedores (Refi Pampa)

La jueza explicó que, aunque el Código Civil permite retener cosas para cobrar deudas, cuando una empresa entra en concurso preventivo, las reglas cambian. . El objetivo del concurso es la supervivencia de la empresa y la igualdad de todos los acreedores (nadie puede "cortarse solo" y cobrarse por mano propia)

Si PAMSA se quedaba con el gasoil, estaba obligando a la refinería a pagarle a ella antes que a los demás, rompiendo la fila de acreedores. La justicia decidió que el derecho de retención queda suspendido en estos casos. PAMSA debe entregar el bien y anotarse en la lista general de acreedores para verificar su deuda, como todos los demás

El impacto económico: La multa de los 95 millones

Aquí es donde el fallo toma un giro interesante desde lo económico. PAMSA se quejó de que la multa de $95.000.000 era excesiva.

La jueza Alvarez hizo una cuenta rápida: esos 95 millones de pesos, al cambio oficial, representaban unos 66.900 dólares. Esto es casi el 20% de la deuda total que Refi Pampa le tiene a PAMSA. La Cámara consideró que cobrarle a PAMSA el 20% de lo que le deben solo por haber intentado defender su derecho legal (aunque estuviera equivocada en el contexto del concurso) era una "desmesura".

Por eso, la justicia decidió reducir la multa de 95 millones a 20 millones de pesos. Es un "tirón de orejas" por la demora, pero sin llegar a ser un castigo que arruine económicamente a la empresa.

Los gastos del juicio: "Cada uno paga lo suyo"

Originalmente, PAMSA había sido condenada a pagar todos los abogados y gastos del proceso por haber perdido. Sin embargo, la Cámara cambió esto. Porque la ley sobre el derecho de retención en los concursos tiene "vacíos" o zonas grises que generan discusiones entre los expertos. Como no era un caso sencillo y PAMSA tenía argumentos razonables para dudar, la jueza decidió que las costas sean "por su orden" (cada parte paga a sus propios abogados).

El veredicto final de la Cámara de Apelaciones tiene tres puntos clave:

Prioridad a la producción: PAMSA debía devolver el gasoil sí o sí, porque la continuidad de la refinería es un bien mayor que el cobro individual de una deuda.

La Cámara con el fallo sostuvo que las sanciones judiciales no deben ser una fuente de enriquecimiento desproporcionado, sino una herramienta para que se cumplan las órdenes. Se reconoce además que, ante leyes que no son claras, las empresas tienen derecho a litigar sin ser castigadas excesivamente con los gastos del juicio.

En definitiva, Refi Pampa recuperó su combustible para seguir operando, PAMSA deberá esperar el proceso normal para cobrar sus dólares, pero al menos logró que la justicia le redujera drásticamente una multa que sentía como una confiscación de su patrimonio.

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