Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
El fallo homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa Oficial, y declaró a Valquinta autor penalmente responsable de hurto simple en dos oportunidades, hurto con defraudación reiterada cuatro hechos, dos en grado de tentativa, hurto agravado por el uso de llave verdadera previamente hallada, violación de domicilio y hurto con defraudación, todos en concurso real.
Según la resolución, el condenado protagonizó una seguidilla de episodios entre septiembre de 2025 y enero de 2026. Entre ellos, el ingreso a viviendas con puertas abiertas para sustraer teléfonos celulares y relojes inteligentes; el apoderamiento de dinero en efectivo de una veterinaria; el uso de una llave dejada oculta para robar un celular; la intrusión nocturna en un patio donde fue aprehendido; y la sustracción de tarjetas bancarias desde un vehículo, con las que realizó compras por $252.701 e intentó extracciones en cajeros automáticos.
Además, se acreditó que en septiembre de 2025 utilizó un teléfono robado para realizar transferencias por $99.658 desde una cuenta de Mercado Pago a su favor y a terceros.
Las víctimas fueron Marcos Ballester, Pablo Andrés Bueti, Sofía Belén Fernández, Natalia Daniela González, Diego Gerardo Carlassare y Lucía Daiana Gigena.
La sentencia mantuvo la condición de reincidente del imputado (artículo 50 del Código Penal) y dispuso que, conforme a la Ley 24.660 y su modificatoria, se consulte a los damnificados si desean ser informados ante eventuales planteos vinculados a salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional u otros regímenes.
Finalmente, el juzgado ordenó comunicar lo resuelto al Registro Nacional de Reincidencia y a las dependencias policiales correspondientes para su anotación.