La Pampa

El STJ revocó un fallo del TIP y avaló el cómputo de pena de Rigutto

La decisión del STJ implica que la pena unificada de Rigutto, por coacción y por falsificación de certificados médicos, se mantiene sin modificaciones. Cumple cuatro años de prisión.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) revocó un fallo del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) y confirmó el cómputo de pena original realizado por el Juzgado de Ejecución en el caso de Jorge Luis Rigutto, el cirujano condenado por la justicia. La Sala B, integrada por los ministros María Verónica Campo y José Roberto Sappa, sostuvo que no corresponde computar como parte de la condena el tiempo que el imputado estuvo detenido en otro proceso en el que finalmente fue absuelto.

La resolución, dictada este lunes 1° de diciembre, hizo lugar al recurso de casación presentado por la fiscal de ejecución, Marisol Rodríguez, y rechazó el planteo de la defensa de Rigutto, ejercida por los abogados Marcos Luis Paz y Vanessa Ranocchia Ongaro.

En marzo último Rigutto  quedó preso nuevamente. Tiene dos condenas. Una del 27 de diciembre de 2019, por coacción a una pareja. Y otra del 12 de septiembre de 2024, por falsificar certificados médicos para obtener el beneficio de la prisión domiciliaria, y salir de su detención condicional efectiva. El Tribunal de Impugnación Penal revocó en ese momento la condicionalidad de la pena de 3 años de ejecución condicional de la primera sentencia. Modificó, en consecuencia, la pena impuesta el año pasado, para imponer la pena única de cuatro años de efectivo cumplimiento y el pago de una multa de tres millones de pesos ($ 3.000.00).

Qué había decidido el TIP

En agosto pasado, el TIP había ordenado rehacer el cómputo de la pena y había dispuesto incluir, además del período de prisión preventiva dictado en la causa, el tiempo de detención que Rigutto cumplió desde el 11 de noviembre de 2022, fecha de inicio del legajo 136922, aun cuando en ese momento estaba detenido por otra causa (legajo 128563), en la que luego terminó absuelto.

Ese criterio fue cuestionado tanto por la defensa –que pedía incluso un cómputo más amplio– como por la fiscalía, que sostuvo que la decisión del TIP era arbitraria e infundada.

Qué resolvió el Superior Tribunal

El STJ coincidió con los argumentos de la fiscal Rodríguez y concluyó que el TIP se apartó del marco legal al computar como parte de la pena un período de detención preventiva dictado en otro expediente sin condena.

Los ministros Campo y Sappa señalaron que no existe norma que habilite a contabilizar como "crédito" el encierro sufrido en un proceso que termina con absolución. También que solo puede computarse tiempo de detención preventiva de causas paralelas cuando existe condena en ambas y las penas son unificables, lo que no sucedió en este caso.

Los jueces consideraron que el TIP basó su decisión en supuestos hipotéticos –como lo que hubiera ocurrido si la fiscalía pedía una medida cautelar antes– lo que afecta la validez del razonamiento jurídico.

La resolución impugnada incurrió en "arbitrariedad por fundamentación indebida".

Para justificar su postura, el STJ citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, especialmente el fallo "Castelli" (2022), que rechaza la idea de considerar como beneficio general el tiempo de prisión preventiva cumplido en causas con sobreseimiento o absolución.

El cómputo que queda firme

Con la sentencia de la Sala B, se confirma el criterio del Juzgado de Ejecución, que computó los 18 días de prisión preventiva del legajo 86557/0 (2019), y los 3 meses y 19 días de prisión preventiva dictados en este legajo, a partir del 15 de febrero de 2023. No se incorporará el período de detención domiciliaria cumplido entre marzo y noviembre de 2022 en la causa 128563.

El STJ declaró inválida la resolución del TIP del 12 de agosto de 2025, confirmó el cómputo del juez de ejecución y rechazó el recurso de la defensa. La decisión implica que la pena de Rigutto se mantiene sin modificaciones.

También te puede interesar...