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EL DIARIO digital
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La jueza de Faltas de Eduardo Castex, Natalia Vallejos, impuso una cuantiosa multa por una supuesta infracción de tránsito a un vecino de Laboulaye que nunca estuvo en la localidad. A pesar de los intentos del cordobés Gustavo Gargiulo por demostrar su inocencia con testigos y descargos, su reclamo fue desestimado y la sanción superó los 500.000 pesos. Sin embargo, un juez contravencional anuló esa sentencia por falta de pruebas y violación a derechos constitucionales, absolviendo al damnificado, quien ahora prepara una demanda civil contra la Municipalidad por el accionar "arbitrario, falaz y malicioso" de la magistrada.
El caso fue realmente extraño. Gargiulo dice que no conoce Castex, pero el 10 de noviembre de 2024 los inspectores municipales le labraron un acta de infracción a una Mercedes Benz Sprinter porque cruzó un semáforo en rojo y días después él recibió la notificación en su domicilio.
"Es imposible que ese día y en ese horario yo o mi camioneta hayamos estado en Eduardo Castex", sostuvo el hombre, que en esa fecha celebraba el cumpleaños de su hija, acompañado por más de 80 personas que respaldaron su versión.
A pesar de sus intentos por demostrar el error, ofreciendo testigos y pruebas, ni los inspectores ni la jueza aceptaron recibir su descargo en forma presencial. Desde la Municipalidad le indicaron que lo realizara vía WhatsApp, pero ese trámite fue desestimado.
El 26 de marzo, Vallejos dictó sentencia imponiéndole una multa de 200 unidades fijas más intereses. "Fue un error de ellos y me quieren cobrar una multa de $500.000", se quejó Gargiulo.
Apelación
Convencido de la injusticia, el vecino laboulayense contrató asesores legales y presentó un recurso de apelación que fue admitido por el Juzgado Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial. El 30 de junio, el juez Pablo Andrés De Biasi no solo lo absolvió, sino que declaró la nulidad de la sentencia original, calificándola de "violatoria de la garantía de inviolabilidad de Defensa en Juicio, consagrada en el artículo 18 de la Constitución Nacional".
En su fallo, el magistrado destacó que la única prueba presentada era "una planilla interna sin valor probatorio" y que el acta carecía de datos esenciales como tipo de vehículo, nombre, DNI, licencia o domicilio del conductor. Además, criticó la "falta de fundamentación adecuada" al rechazar el descargo, a pesar de que el acusado había aportado testigos.
También subrayó un error administrativo: la sentencia indicaba que la sanción podía apelarse ante el Juzgado de Instrucción y Correccional, tribunal que ya no existe.
Gargiulo calificó la actuación de Vallejos como "arbitraria, falaz y maliciosa" y denunció un uso "desvirtuado de la potestad sancionatoria municipal con fines recaudatorios, en vulneración de los principios de legalidad, razonabilidad", por lo que decidió presentar una demanda civil contra la Municipalidad de Eduardo Castex por daños y perjuicios.
Este insólito caso ha generado repercusión regional y podría sentar un precedente importante sobre la responsabilidad institucional en la aplicación de sanciones y el respeto estricto a las garantías constitucionales. Además, fuentes consultadas mencionaron la existencia de otros episodios "cuasi similares" en la localidad, aunque ninguno con la magnitud ni las implicancias del caso de Gargiulo.