La Pampa

Confirman la condena a 15 años de prisión para un DJ de Toay por abuso sexual

Maximiliano Ezequiel Cornejo fue hallado culpable de dos abusos sexuales, uno de ellos contra una menor de edad. La sentencia del juez Andrés Olié fue ratificada por el máximo tribunal penal provincial.

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EL DIARIO digital

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El Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó la condena a 15 años de prisión para Maximiliano Ezequiel Cornejo, DJ y organizador de eventos de Toay, por haber abusado sexualmente de dos mujeres, una de ellas menor de edad. El fallo ratificó la sentencia dictada en primera instancia por el juez de audiencia Andrés Olié, quien consideró acreditados los hechos y la responsabilidad penal del acusado.

Los casos juzgados ocurrieron en contextos distintos pero reveladores. El primero, en diciembre de 2015, tuvo como víctima a una adolescente de 15 años, quien fue atacada a la salida de un boliche en un estado de intoxicación alcohólica. Aunque la denuncia fue presentada por su madre en ese momento, la investigación no avanzó por falta de identificación del agresor y porque el Laboratorio de Genética Forense de la provincia aún no estaba en funcionamiento. El expediente fue archivado en 2017.

Recién en 2023, con la denuncia de una segunda víctima, pudo establecerse la conexión. A partir de una muestra genética extraída a Cornejo tras su detención, se logró vincularlo con el abuso de 2015 a través de los perfiles genéticos almacenados en la base de datos forense. El ADN fue la clave para esclarecer un caso que llevaba casi una década impune.

Según la sentencia, el segundo abuso ocurrió en septiembre de 2023, cuando Cornejo atacó a una mujer dentro de un automóvil Volkswagen Bora, "haciendo uso de la fuerza y contra la voluntad expresa" de la víctima. En ambos hechos, el acusado se identificó falsamente para ocultar su identidad: en un caso simuló ser policía y en el otro dijo ser hijo de un funcionario.

El juez Olié encuadró los delitos bajo las figuras de abuso sexual con acceso carnal mediante uso de la fuerza, y abuso sexual gravemente ultrajante aprovechando la incapacidad de la víctima para consentir. Además, consideró como agravantes la violencia de género, el aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad, la utilización de una identidad falsa y la condición de organizador de eventos, que le facilitaba el acceso a las víctimas.

Como única atenuante, el magistrado valoró que Cornejo tiene tres hijos menores de edad con los que mantiene vínculo. Además de la pena, el fallo mantiene el arresto domiciliario y la restricción de acercamiento hasta que la condena quede firme y pueda hacerse efectiva su detención. También ordenó su inclusión en el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.

Con el fallo del Tribunal de Impugnación, la condena quedó ratificada, aunque aún podría ser recurrida ante el Superior Tribunal de Justicia.

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