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EL DIARIO digital
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En un fallo relevante para la protección de la niñez y adolescencia, la Jueza de Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, María José Gianinetto, en ejercicio unipersonal de la magistratura, dictó una sentencia condenatoria en el caso que se seguía contra un hombre de 60 años por los delitos de abuso sexual.
El proceso de juicio común, que se inició el 23 de noviembre de 2023 tras la denuncia de la madre de las víctimas, culminó con la condena del imputado, de iniciales B. B. Q., domiciliado en Rancul, a la pena de cinco años de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo además reincidente.
El acusado fue hallado culpable como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en perjuicio de dos víctimas, de 13 y 10 años, ambas figuras en concurso real.
Durante el desarrollo del juicio oral, llevado a cabo los días 12 y 13 de junio del corriente año, se acreditó que, en el período de octubre y noviembre de 2023, mientras B. B. Q. convivía en el domicilio de las víctimas, perpetró los abusos, que consistieron en tocamientos por encima y debajo de la ropa de las menores.
Antecedentes
La investigación fiscal preparatoria comenzó tras un llamado a la línea 101, donde la madre de las menores alertó sobre los abusos cometidos por B. B. Q., quien se alojaba en su vivienda. La denuncia formal fue radicada ese mismo día, donde la progenitora relató el testimonio de su hija, quien le confió que el acusado la había manoseado mientras dormía, expresando su miedo y el carácter reiterado de los hechos.
En el debate oral, la Fiscalía, representada por el Dr. Francisco Trucco, y la querellante particular, asistida por el Dr. Mauro Fernández, lograron demostrar la autoría de los hechos.
La defensa del imputado, a cargo del Dr. Fernando David Guevara, solicitó la absolución de su asistido alegando la ausencia de certeza y aplicando el beneficio de la duda, argumento que no fue acompañado por la jueza.
Durante el juicio, se incorporaron diversas pruebas cruciales, entre ellas, testimonios en Cámara Gesell de las víctimas, así como de una amiga de las menores. También fueron fundamentales los informes periciales psicológicos de las niñas y del propio imputado, informes ginecológicos y otras pruebas documentales e informativas.
El imputado optó por no declarar durante el proceso, haciendo uso de su derecho. En su última palabra, manifestó su inocencia.
Implicancias de la sentencia
La condena a cinco años de prisión, con declaración de reincidencia, subraya el compromiso del Poder Judicial con la protección de los derechos de las víctimas y el castigo de los delitos de abuso sexual, especialmente cuando estos son cometidos en un contexto de convivencia y confianza. La sentencia también ordena el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Ley N° 2547, modificado por Ley 2719, y el Artículo 11 bis de la Ley 24.660.
Este fallo representa un paso firme en la administración de justicia y envía un claro mensaje sobre la intolerancia a este tipo de crímenes en la sociedad.