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EL DIARIO digital
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El tribunal, integrado por el juez Lauce Tedín y la jueza María Eugenia Schijvarger, rechazó por unanimidad los recursos presentados tanto por la defensa como por la querella, y ratificó la sentencia emitida en febrero por el juez Andrés Olié, de la Audiencia de Juicio de Santa Rosa.
Según el fallo, el condenado fue hallado responsable de abuso sexual con acceso carnal, cometido de forma reiterada y agravado por su rol como persona encargada de la guarda y educación de la víctima. Los hechos ocurrieron entre 2017 y 2020, cuando la niña tenía entre 6 y 9 años.
La denuncia surgió a partir del relato que la menor confió a una compañera de escuela, quien luego lo comentó a docentes y autoridades educativas. El testimonio fue canalizado a través de una entrevista en Cámara Gesell y derivó en la intervención de profesionales del Centro de Atención a la Niñez y la Familia (CAE).
El Tribunal de Impugnación consideró debidamente acreditada la responsabilidad penal del acusado. En su resolución, sostuvo que "la prueba valorada por el juez de primera instancia, de manera unívoca, da sustento a la tesis acusatoria". Afirmó también que el relato de la víctima resultó "coherente, espontáneo y específico", y que fue acompañado por otros elementos de convicción, como los informes psicológicos y médicos.
La defensa había cuestionado la validez de esas pericias y solicitó la absolución o una recalificación del hecho a abuso simple. También planteó la inconstitucionalidad del artículo 381 del Código Procesal Penal pampeano, que habilita la ejecución de la sentencia aún sin que esté firme. Ninguno de esos argumentos fue admitido por el Tribunal, que reafirmó que las garantías del doble conforme están plenamente aseguradas en el sistema judicial provincial.
En cuanto a la pena, los jueces valoraron que el magistrado de juicio tuvo en cuenta tanto las agravantes la reiteración de los hechos, la edad y condición de la víctima, y el vínculo de poder como las atenuantes falta de antecedentes, situación laboral y familiar del condenado, para fijar una condena intermedia dentro del rango legal previsto de 8 a 20 años.