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EL DIARIO digital
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La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) selló un nuevo acuerdo salarial del 13% para las empleadas domésticas. El aumento será de carácter retroactivo a aplicarse 8,5% en julio y 4% para agosto.
Según la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (U.P.A.C.P), "se implementó un ajuste en los sueldos de febrero (20% de aumento sobre el sueldo de diciembre 2023) y los de marzo (15% sobre el sueldo de febrero 2024). Por su parte, los empleadores que pagan por hora deberán ajustar la diferencia entre lo que se pagó en julio y lo que corresponde tras el aumento acordado.
Tareas generales
Julio: $309.001 con retiro / $343.606 sin retiro.
Agosto: $321.365 con retiro / $357.350 sin retiro.
Cuidado de personas
Julio: $343.606 con retiro / $382.912 sin retiro.
Agosto: $357.350 con retiro / $398.229 sin retiro.
Caseros
Julio: $343.606 sin retiro.
Agosto: $357.350 sin retiro.
Personal para tareas específicas
Julio: $352.178 con retiro / $392.034 sin retiro.
Agosto: $366.265 con retiro / $407.715 sin retiro.
Supervisora
Julio: $379.070 con retiro / $422.241sin retiro.
Agosto: $394.233 Con retiro / $439.131 sin retiro.
En tanto, los suelos a partir del mes de agosto serán los siguientes:
Tareas generales
Julio: $2519 con retiro / $2716 sin retiro.
Agosto: $2.620 con retiro / $2.825 sin retiro.
Cuidado de personas
Julio: $2717 con retiro / $3038 sin retiro.
Agosto: $2.825 con retiro / $3.159 sin retiro.
Caseros
Julio: $2716.
Agosto: $2.825.
Personal para tareas específicas
Julio: $2876 con retiro / $3154 sin retiro.
Agosto: $2.991 con retiro / $3.280 sin retiro.
Supervisora
Julio: $3038 con retiro / $3327 sin retiro.
Agosto: $3.159 con retiro / $3.460 sin retiro.
Cuantos días corresponden por maternidad
En el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se indica cuántos días deben tomarse las empleadas domésticas en el caso de quedar embarazadas. Si bien, los días son los mismos que cualquier otra persona gestante, el trámite es distinto.
La duración de la licencia por maternidad es de 90 días corridos que la trabajadora deberá tomar obligatoriamente. Se podrán repartir entre 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o bien 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días.