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Prisión efectiva para un golpeador

El Juez de Control, Carlos Chapalcaz (foto) condenó a un hombre a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de lesiones leves agravadas hacia su pareja. La condena fue producto de un acuerdo de juicio abreviado al que arribaron la fiscal, Cecilia Molinari, el imputado y la defensora oficial, Alejandra Moyano. 

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Los hechos que llevaron a la condena tuvieron lugar el 12 de noviembre de 2023, alrededor de las 04:00 horas, en el domicilio familiar de Santa Rosa. "En momentos en que (...) se encontraban acostado junto a su pareja Sra. (...) en el dormitorio (...) comenzó a agredir con golpes en el rostro y el cuerpo a (...), con quien mantiene una relación de pareja de 7 años aproximadamente y posee una hija en común de 5 años de edad, todo ello mientras le manifestaba "Decime la verdad, porque me estoy cansando o si no te mato". Luego, al levantarse ambos, (...) la toma bruscamente del cabello y la lleva hasta la cocina, donde comienza agredirla nuevamente con un objeto, luego toma el palo del escobillón y le propina golpes en las piernas y brazos, provocándole lesiones en varias partes del cuerpo. Posteriormente, a horas 14:00 aproximadamente, al despertarse (...), su pareja persiste en su accionar, preguntando "Decime la verdad, estas con alguien", y empuja un ropero que queda apoyado contra la cucheta, no llegando a caer encima de la niña que se encontraba durmiendo en el colchón que estaba al lado del mueble. En ese momento, la hija mayor de (...) de 11 años de edad, llamada (...), se despierta, queriendo ir a buscar agua, pero sujeto le adujo "Que haces levantada que nadie te dijo que te levantaras" mientras le tira una mochila llegando a pegarle en la pierna izquierda, posteriormente (...) sigue consumiendo pastillas y se acuesta a dormir, aprovechando (...) la oportunidad para retirarse junto a sus hijos, solicitando ayuda".

Chapalcaz condenó al hombre "como autor de los delitos de Lesiones Leves Calificadas por la relación de pareja con convivencia preexistente en concurso real con amenazas simples; los que a su vez concursan materialmente con el delito de Lesiones Leves, valorado todo en un contexto de violencia de género, conforme Ley nº 26.485, y en Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, conforme Ley nº 26.061; a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas.

Para el acuerdo de juicio abreviado prestó conformidad la víctima. "No obstante ello, se fijó con posterioridad audiencia con la nombrada, quien por sí y en representación de su hija, reiteró su conformidad con el acuerdo; y además, expresó que no es su deseo ser informada en los términos del art. 11 bis de la Ley nº 24.660", detalló el fallo.

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