La Pampa

El caso de Fernández, con pocas chances

La solicitud la puede hacer porque la ley se modificó recién en 2017. Los condenados por abuso sexual de esa fecha en adelante no pueden pedir ese beneficio.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

El caso de Marcos Fernández, el exempleado de la Municipalidad de Santa Rosa condenado a 18 años de prisión por el abuso sexual de su entonces hijastra, a la que le dio el apellido, tiene pocas chances de prosperar y lograr las salidas transitorias que pretende.

Fernández fue condenado en el año 2012, ya cumplió la mitad de la condena en la cárcel de Senillosa, en Neuquén. La solicitud la puede hacer porque la ley se modificó recién en 2017. Los condenados por abuso sexual de esa fecha en adelante no pueden pedir ese beneficio.

"Está todo muy verde", admitió ayer una fuente del Juzgado de Ejecución Penal consultada por El Diario con relación al pretendido beneficio. Y confirmó que el pedido de Fernández está en manos del Consejo Correcional de Senillosa.

"Ese consejo está integrado por todos los profesionales ligados del SPF -como psicólogos, seguridad interna, etc- y después votan todos los integrantes. Las decisiones pueden salir por mayoría o por unanimidad. Luego pasa a manos del director, que también opina y finalmente llega al Juzgado (de Ejecución Penal) para que se determine una audiencia entre las partes", explicó la misma fuente.

La víctima, que se encuentra fuera del país, también es consultada al respecto. Ella misma se comunicó con este diario -sorprendida y desesperada ante el pedido de transitorias de su abusador- y adelantó que presentará un escrito con su abogado.

Además, va a adjuntar una denuncia de la última vez que estuvo en Santa Rosa y fue agredida a golpes de puño por una hija de Fernández. La víctima también tiene capturas de los "hostigamiento vía redes sociales" y "mensajes con fotos" desde la cárcel.

"En el hostigamiento en redes han puesto mi foto de niña y la dirección de mi casa", recriminó la joven abusada.

Marcos Fernández era un exempleado de la Municipalidad de Santa Rosa que se desempeñaba en el sector de Adultos Mayores, incluso como coordinador de los Cumelén. También pasó por el Concejo Deliberante y por un par de comedores.

Papel de la víctima

Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal que ratificaron la condena a 18 años de prisión a Marcos Fernández destacaron especialmente el papel que cumplió la joven en el proceso que derivó en esa sentencia.

Fernández -tal como informó El Diario, que siguió el caso desde que comenzó su ventilación judicial-, fue condenado por el abuso sexual agravado de su hija adoptiva desde que tenía doce años y hasta que tuvo dieciocho.

El acusado impugnó la sentencia, pero los jueces Pablo Balaguer y Verónica Fantini rechazaron el planteo. Balaguer desarrolló argumentos y en la sentencia -a la que tuvo acceso El Diario- destacó la valentía de la víctima para formular la denuncia e impulsar la investigación años después de ocurridos los hechos.

"En el presente caso -dijo- la singularidad es que la víctima haya denunciado tiempo después el abuso, cuando ella era menor de edad, siendo ello lo que diferencia de otros abusos cometidos por un integrante de la familia e inclusive de los casos jurisprudenciales mencionados por el recurrente".

Interpretó que "el recurrente se posiciona en una visión absolutamente subjetiva y reduccionista en los que refiere a la prueba producida, ignorando algunas y negando otras que fueron desfavorables a sus pretensiones y que, desde esta alzada, vale la pena destacar, tanto desde el punto de vista empírico como científico", indicó.

Fantini coincidió. En forma conjunta agregaron: "Ponderando la gravedad del hecho y la posibilidad del autor de motivarse para actuar en un modo diferente, lo que sirve de parámetro para medir su culpabilidad, en la que habrá de basarse la medida de la pena, resulta plenamente proporcionado el quantum punitivo impuesto en la sentencia habida cuenta de que debe existir relación con el bien jurídico afectado".

"De esta forma -añadieron-, garantizar a la víctima una adecuada reparación, debiendo ponderarse las particulares circunstancias en que los abusos fueron cometidos y la evidente desprotección y falta de contención familiar que sufrió la víctima durante todos esos años".

"Puede, entonces, decirse -interpretaron- que es proporcional y ajustado a derecho el monto punitivo impuesto, dado que la progresividad del régimen penitenciario le va a permitir a Fernández, con igual esfuerzo, trabajo y ahinco que puso la víctima para poder enfrentar a la sociedad y denunciar los abusos que había sufrido, acceder al régimen de libertad anticipada, logrando así una pena más benigna temporalmente", compararon.

Fernández, representado por el abogado Marcos Paz, había considerado que la sentencia transgredía la ley procesal, ya que no se había hecho una "consecuente valoración de la prueba".

Aunque no es el padre biológico de la joven, Fernández la reconoció como tal y le dio su apellido a los once años, sin necesidad de someterse a ningún análisis de ADN. La víctima, finalmente, luego de un largo trámite, pudo sacarse el apellido.

La jueza Laura Armagno consideró a Fernández como "autor penalmente responsable del delito de abuso sexual de una menor de trece años, mediando amenazas o abuso intimidatorio, con sometimiento gravemente ultrajante para la víctima por su duración y circunstancia de realización de los hechos, con acceso carnal, agravado por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima, por ser el autor, ascendiente de la misma y por la situación de convivencia preexistente del autor con la menor, como delito continuado a la pena de dieciocho años de prisión".

También te puede interesar...