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Declararon culpable de abuso sexual al cura Pernini

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El juez Gastón Boulenaz declaró culpable al sacerdote y habrá una nueva audiencia el 16 de diciembre a las 8 horas para discutir el monto de la pena. Quedó en prisión domiciliaria. Podría afrontar una pena de entre 8 a 20 años.

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EL DIARIO digital

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Este martes al mediodía el cura Hugo Pernini fue declarado culpable de abuso sexual simple, gravemente ultrajante y doblemente agravado por ser el autor ministro de un culto religioso reconocido, mediando abuso coactivo e intimidatorio en un relación de autoridad y poder, como delito continuado. La sentencia se dio a conocer en una audiencia del juicio por el abuso sexual de un joven de 17 años al momento de los hechos.

La audiencia se realizó al mediodía. El juez Gastón Boulenaz no hizo lugar al planteo de prescripción que había realizado la defensa. El 16 de diciembre a las 8 de la mañana se realizará la audiencia para debatir y fijar la pena.

Además, el juez determinó la prisión domiciliaria del sacerdote.

La audiencia para la imposición de la pena fue fijada para el jueves 16, a las 8, teniendo las partes cinco días para ofrecer las pruebas que consideren necesarias. Ello es así porque la defensa, ejercida por la abogada particular Vanessa Ranocchia Ongaro, había requerido que el proceso se desarrollara como un juicio de cesura; es decir que el debate sea dividido en dos partes. Ese procedimiento es posible cuando, en teoría, la pena máxima supera los seis años de prisión.

Además, Boulenaz dispuso el arresto domiciliario del acusado hasta la finalización del presente proceso, con control electrónico de vigilancia. En caso de que ello no sea factible, deberá practicarse un control policial consistente “en la concurrencia a su vivienda en forma espontánea y diaria –al menos en dos oportunidades-; teniendo que informarse de esos controles a la Oficina Judicial” de Santa Rosa.

Asimismo mantuvo las prohibiciones de contacto –por cualquier medio– con respecto a la víctima y a los testigos, en los términos en que lo había resuelto, oportunamente, el juez de control, Carlos Chapalcaz. El último punto de la parte resolutoria de la sentencia fue no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal que había solicitado la defensora.

Múltiples episodios

Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, Boulenaz descartó la inocencia del sacerdote. Por el contrario, afirmó que los abusos ocurrieron, tal cual había sido la teoría del caso del fiscal Walter Martos.

El juez señaló que Pernini “abusó sexualmente mediante tocamientos, sexo anal y oral” al joven de 17 años (ya había cumplido 18 cuando los abusos concluyeron), agregando que ello ocurrió entre mayo y diciembre de 2007 “dentro del predio de la Iglesia Nuestra Señora de Luján, sita López de Vega y Leguizamón, en Santa Rosa; más precisamente en los departamentos en los cuales residía el imputado, por ser el sacerdote a cargo de dicha iglesia”.

El magistrado detalló que “allí existieron múltiples episodios, siendo el primero en el departamento de huéspedes, ubicado frente a la casa parroquial (…) Con posterioridad, los abusos ocurrieron casi a diario”.

“Este tipo de abusos fueron reiterados –incluso uno de ellos en la ciudad de Buenos Aires– hasta el mes de julio de 2007, para luego continuar bajo la modalidad de tocamientos –tal como lo ocurrido a fines de diciembre de ese año–; momento en el que se presentaba el pesebre viviente”, indicó Boulenaz.

Con relación a la prescripción, la defensa de Pernini había sostenido que el último acto en contra de la víctima habría ocurrido el 9 de julio de 2007 y, por lo tanto, al momento de la denuncia la acción penal ya estaba prescripta porque había pasado el plazo máximo de 12 años.

El tribunal, por el contrario, afirmó que los “los delitos fueron perpetrados de forma continuada” y, por esa razón, la prescripción había que analizar en función del artículo 63 del Código Penal. En tal sentido, indicó que la cesación de los delitos se produjo el fin de semana anterior a la Navidad de 2007, con el llamado a prestación declaración de imputado, el 6 de diciembre de 2019, se interrumpió el término de la prescripción.?

El juicio

Hace una semana, los fiscales Walter Martos y Oscar Cazenave y la querellante Paula Arrigone, habían pedido que Pernini sea declarado culpable. La defensora Vanesa Ranocchia Ongaro pidió la absolución.

El delito por el que fue condenado Pernini -abuso sexual simple, gravemente ultrajante y con acceso carnal, agravados todos por ser el autor ministro de un culto religioso- prevé penas que van de 8 a 20 años de prisión.

El juicio comenzó el 9 de noviembre. El denunciante, Agustín (nombre ficticio para resguardar su identidad real), habló durante la primera jornada. El segundo día declaró Pernini, y luego desfilaron testigos de las partes junto a los peritos. El jueves 18, los obispos Mario Poli y Raúl Martín entregaron una declaración por escrito.

Arrigone, en su alegato, dijo que las pericias informáticas sobre los celulares y una computadora, junto a la declaración de la psicóloga que realizó una pericia sobre el denunciante, fueron "favorables a la teoría del caso que tenemos junto a la Fiscalía".

Los hechos habrían ocurrido entre mayo de 2007 y marzo de 2008 en las instalaciones de una parroquia de Santa Rosa cuando la víctima tenía 17 años.

Pernini tiene 63 años y, si bien se abstuvo de declarar el primer día, en la segunda jornada rompió el silencio.

El denunciante y querellante, Agustín, recordó -durante su testimonio- que los hechos ocurrieron durante un período de dos años, y que recién estuvo en condiciones de hacer una denuncia penal doce años después. Explicó que lo hizo para que "a nadie más le pase lo que me pasó a mí, porque generalmente el que abusa lo sigue haciendo". "Verdad, justicia y sanación fueron las tres palabras que me llevaron a hacer la denuncia", sostuvo.

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