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EL DIARIO digital
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El juez Daniel Ralli condenó a los dos autores del violento asalto al matrimonio propietario de la estancia Los Reales, en la zona de Mauricio Mayer ocurrido en marzo de 2022. A partir de un acuerdo de juicio abreviado, Marcelo René Giacardi y Carlos Adrián Scheffer recibieron tres años de prisión. El acuerdo comprende, como reparación del daño, la compensación a las víctimas por 9 millones de pesos.
El juicio abreviado fue acordado por el fiscal Marcos Sacco y los abogados defensores de los imputados, Gastón Gómez y Mariel Annecchini.
En el fallo, Ralli detalló que "a partir del análisis de los elementos probatorios colectados durante la investigación fiscal preparatoria y también con el reconocimiento que han efectuado Giacardi y Scheffer, conforme constancia del acuerdo de juicio abreviado, los hechos están debidamente probados, encontrándome en condiciones de fijar los mismos en los siguientes términos: que el día 24 de marzo de 2022 a la hora 22:30 aproximadamente, Carlos Adrián Sheffer y Marcelo René Giacardi, junto con una tercera persona, ingresaron al predio rural llamado "Estancia Los Reales", de la Jurisdicción de Mauricio Mayer; una vez allí Giacardi, junto a la tercera persona, ingresaron a la vivienda, donde se encontraban sus propietarios René Alfredo Reale y su mujer María Celia Vicente, mientras que Sheffer aguardaba fuera de la vivienda debido a que por ser conocido de las víctimas sería fácilmente reconocido. Así Giacardi y la otra persona irrumpieron en el interior del domicilio con armas de fuego (larga y corta) y con la mitad del rostro cubierto, maniatando y amedrentando a Rene Reale y a María Celia Vicente; revolviendo todo el domicilio de donde se llevaron la suma de $150.000, U$ 20.000, bijouterie de oro varias; tres revolver sin marca visible, una carabina, una escopeta; dos celulares; un anillo de oro macizo, con la inicial AR en la parte de arriba, en relieve; un anillo de oro, con una piedra de rubí, de color bordo; una cadena de oro con dije en forma de cruz, con la figura de Jesús; un par de aros redondos, de oro; un reloj pulsera de oro, malla tipo trenzada; una cadena de oro gruesa, tipo trenzada; aritos de oro de niños", entre otras cosas.
"Al momento de retirarse, Giacardi sustrajo la camioneta Ford Ranger los damnificados, luego subió Sheffer; mientras que la otra persona que había ingresado al domicilio junto a Giacardi lo hacía en el vehículo en el que arribaron, saliendo inmediatamente de la escena donde se produjo el hecho; luego fue hallado el rodado sustraído en Ruta 7 Km 103, en estado de abandono producto de haberse encajado por el barro", precisó.
"Por otra parte, Scheffer tuvo en su poder armas de fuego sin autorización legal: una escopeta calibre .12; una carabina de repetición marca Marlin, calibre .17; y, una carabina calibre .22 ; las que habían sido sustraídas a Luis Alberto Bertone el 29 de abril de 2019, Benedicto Becerra el 10 de noviembre de 2019 y Dante Dal Santo el 24 de diciembre de 2014, respectivamente", completó el juez.
Por esos hechos, Ralli condenó a Marcelo René Giacardi "como autor material y penalmente responsable del delito de robo doblemente calificado por haber sido cometido en despoblado y; con la utilización de armas de fuego cuya aptitud para el disparo no han podido ser acreditadas, en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión, con costas". Le unificó la pena a tres años de prisión efectiva porque tiene una condena dictada por el Tribunal Oral Federal.
Por su parte, Carlos Adrián Scheffer fue condenado como "partícipe secundario del delito de robo doblemente calificado por haber sido cometido en despoblado, y con la utilización de armas de fuego cuya aptitud para el disparo no han podido ser acreditadas, en concurso ideal; a su vez, en concurso real con Tenencia de Arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal (dos hechos) y Tenencia de Arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal (un hecho) en Concurso Ideal con el delito de Encubrimiento por Receptación Dolosa (tres hechos), como autor, a la pena de tres años de prisión, manteniendo su condición de reincidente, sin costas.
"Tener presente la entrega del monto de $ 9.000.000 (Nueve millones de pesos) efectuado por los imputados como compensatorio para las víctimas por los daños causados", concluyó el juez.