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La Pampa en el Consejo Federal contra la Trata de Personas

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EL DIARIO digital

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El subsecretario de Derechos Humanos de La Pampa, Juan Pablo Fasce, participó de la XVIII Reunión del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección de las Víctimas. El encuentro para las políticas de carácter federal que combaten este flagelo social se desarrolló en la ciudad de Rosario, Santa Fe.

A solicitud de la coordinación del Consejo, Fasce abordó ante las y los referentes de todo el país la modalidad de los matrimonios forzados como trata de personas.

Explicó que "no son casos que se dan en forma reiterada en La Pampa, pero que la Subsecretaría tuvo que intervenir específicamente en varias oportunidades. "Los involucrados en estas conductas prohibidas y reprimidas por la ley, esgrimen un derecho ancestral o cultural de sus comunidades tratando de justificar ese tipo de compromisos que violentan las voluntades de los implicados. Ese tipo de comercialización entre adultos y menores, donde hay tráfico de dinero, claramente colocan la situación en un plano de ilegalidad", afirmó Fasce.

El matrimonio forzado da como resultado que una persona tenga control sobre otra con fines de explotación, que puede incluir explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas similares a la esclavitud o la servidumbre. Durante el encuentro también se presentó la Guía de actuación para la búsqueda de mujeres y LGBTI+ desaparecidas en contexto de violencias por motivos de género elaborada por los ministerios de Justicia, Seguridad y Mujeres, Géneros y Diversidad. Un protocolo oficial para implementar pautas y herramientas para el abordaje en estos casos por parte de organismos del Estado y fuerzas policiales.

Además, se abordordaron las pautas para la administración de los bienes cautelados en causas vinculadas a delitos de trata y explotación de personas y de lavado de activos provenientes de tales delitos. Recomendaciones acerca de los mecanismos más adecuados de gestión de los activos incautados durante causas de trata de personas para evitar su pérdida de valor. Su conservación durante sentencias condenatorias no firmes tiene como objetivo que esos bienes puedan afectarse cuando esté el fallo definitivo a la satisfacción de los derechos de las víctimas a obtener una reparación económica

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