La Pampa

Pidió un medidor en Camuzzi y la obligaron a pagar la deuda de gas del inquilino anterior

La distribuidora de gas obligó a una mujer santarroseña a pagar la deuda de gas de un inquilino anterior para habilitar el suministro de gas en ese domicilio. El Diario pudo conocer, además, el caso de un joven que sufrió la misma situación. 

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EL DIARIO digital

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La empresa Camuzzi Gas Pampeana realiza una maniobra que desprotege a los usuarios: obliga a quien pretende alquilar una vivienda, a pagar la deuda del último medidor habilitado en ese domicilio.

La denuncia fue realizada por una usuaria que gestionó un medidor en la vivienda que alquiló. Es una vivienda en la calle Galeano al 900 del barrio de Villa Alonso Norte. 

"Pedí la habilitación del gas, pero en Camuzzi me dijeron que hasta que no pague la deuda del medidor anterior no me lo habilitaban. Así que no me quedó otra que pagar yo", contó a El Diario la mujer. 

Luego, a la hora de realizar el reclamo, surgió otra parte de la historia. En Enargas el actual teléfono de la Delegación Regional -que figura en la página del organismo (428019)- la llamada fue derivada a una persona que atendió en otra provincia. "No sé si era de San Juan o Mendoza. Me dijo que era una red federal. Le tuve que explicar todo, pero me dijo que no podía solucionarlo", agregó la mujer.

Las consultas realizadas por este diario terminaron en el área de prensa del Enargas. Ante la consulta a la parte de prensa del organismo afirmaron que "eso no está permitido. No pueden obligar a alguien a ese pago. Tiene que haber pasado otra cosa", respondió esa fuente del organismo.

Además, desde el Enargas informaron que según el reglamento del servicio de gas la distribuidora está "impedida de ese cobro".

El artículo 5 (inciso i), señala: "La Distribuidora no podrá reclamar deudas anteriores al cambio de titularidad al nuevo titular del servicio, ya sea propietario o legítimo tenedor del inmueble en donde se presta el servicio, salvo por los períodos en que hubiera sido 'Usuario no Titular del Servicio' conforme surja de la documentación aportada en el trámite. Tampoco podrá cobrar ningún tipo de cargo por reconexión en el caso de que se haya procedido a cortar el servicio al anterior titular".

Y agrega: "No podrá negarse el cambio de titularidad del servicio a su favor a quien cumpla las condiciones reglamentarias, si el anterior titular –recibiendo el servicio en el inmueble en el que dicho cambio se solicita– registrara deuda con la Distribuidora".

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