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Caso Rigutto: el juez definió que las escuchas fueron válidas

El magistrado Carlos Chapalcaz rechazó el planteo más importante del abogado del cirujano, Marcos Paz, quien había pedido la nulidad de la causa por estafa procesal y coimas, bajo el argumento de que el inicio de la investigación fue ilegítimo.

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EL DIARIO digital

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Las escuchas telefónicas que se le hicieron al teléfono celular del médico Jorge Rigutto, y que derivaron en la acusación por estafa procesal y coimas entre otros delitos, fueron válidas y pertinentes, y por lo tanto esa investigación seguirá su curso de manera normal.

Así lo determinó el juez Carlos Chapalcaz, al definir el planteo de nulidad por actividad formal defectuosa que hizo el defensor de Rigutto, el abogado Marcos Paz, quien llegó a advertir que los fiscales intervinientes habían cometido un delito porque -según su teoría- divulgaron de un modo que no correspondía información derivada de esas escuchas. El juez también rechazó la pretensión de Rigutto de recursar a los fiscales.

Esa decisión del magistrado que interviene en el caso donde están acusado también el médico forense Juan Carlos Toulouse y otros profesionales, había queda pendiente de resolución tras la audiencia de formalización. Paz había dicho, entre otras aseveraciones, que la supuesta "violación del secreto" merecía acusar por un delito a los fiscales Guillermo Sancho y Máximo Paulucci.

El abogado defensor se basó en las interpretaciones que hizo del Código Procesal y de una acordada de la Corte Suprema de Justicia (Caso Quaranta), aunque los representantes del Ministerio Público Fiscal refrescaron recientes acuerdos de las fiscalías de todo el país que definen de qué modo y en qué ocasiones se puede acceder a la información derivada de escuchas telefónicas.

La interpretación del juez fue en el mismo sentido que los fiscales. La decisión de Chapalcaz deja en la nada el más importante recurso defensivo que se había presentado por parte de Rigutto. Lo más importante es que la investigación seguirá su curso con normalidad.

Además de Rigutto y Toulouse, sobre quienes pesan las imputaciones más graves, también fueron formalizados los médicos Ariel Facundo Farías González y Fernando Javier Nadal y el enfermero Rogelio Williams Tejada. En esos casos, la acusación incluye falsificación de instrumento privado.

Las escuchas se iniciaron a partir de que el médico forense Pablo Véliz le relató al fiscal Walter Martos que había recibido un llamado telefónico de Rigutto en el que le sugería un arreglo y lo incitaba a ponerse de acuerdo en "los números". El objetivo de Rigutto era que Véliz firmara un estudio médico en el que desaconsejaba la prisión preventiva efectiva del cirujano y señalara que por razones de salud su detención debía ser domiciliaria.

Entre los planteos de Paz se incluyó la queja de que "la charla (Veliz/Rigutto) no quedó registrada en ningún lugar, por ende no hay una reproducción fidedigna de su contenido". Aludió a Véliz como un "testigo de oídas". Y dijo que "la presunta intencionalidad delictiva no se apoyaba en ninguna otra prueba, ni siquiera indiciaria".

"Sólo en función de inferencias y/o suposiciones sobre los dichos del imputado (no reforzados con ninguna prueba objetiva, ni causa de investigación paralelo) se avanzó en la solicitud de intervención telefónica que le permitió a la fiscalía -violando el derecho a la intimidad y privacidad (valores especialmente protegidos por nuestra Constitución Nacional por ser parte del respeto fundamental a la dignidad del ser humano)-, salir a la pesca de posibles acciones delictivas indeterminadas", dijo el abogado defensor.

Para Paz, "la fiscalía no estaba con una investigación en curso por un delito concreto, sino que quería 'espiar' al imputado para ver qué accionar delictivo le podía imputar a futuro. Nunca hubo ni motivo claro ni urgencia evidente para ordenar esa intervención. La intervención no estuvo vinculada a desbaratar un accionar delictivo puntual y concreto que se estaba investigando y respecto del cual no había otra forma de avanzar que no sea vulnerando la intimidad del imputado", aseveró.

"La intervención -agregó- se pidió para espiar ilegalmente al imputado y el Juez de Control, dando carta blanca al accionar ilegal de la fiscalía, ordenó una intervención telefónica infundada y violatoria del ámbito de privacidad del imputado. Intervención que además, fue posteriormente prorrogada con el mismo nivel de arbitrariedad y ampliada hacia otras personas sin ningún tipo de fundamentación", añadió.

Esos fueron los planteos rechazados primero por los fiscales y ahora por el juez, lo que implica que la investigación siga su curso y que Rigutto y el resto de los formalizados se sienten en el banquillo de los acusados.

Los fiscales insistieron que "al momento de resolver las intervenciones telefónicas entendemos que el pedido está fundamentado".

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