Los gremios y las autoridades de Salud acordaron este miércoles en la paritaria sectorial la parte operativa de las licencias que se otorgarán en los próximos días para el personal que estuvo abocado a atender el frente de la pandemia de coronavirus.
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EL DIARIO digital
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Este miércoles se realizó la reunión entre el subsecretario de Salud, Gustavo Vera, y los representantes gremiales paritarios, para la aplicación de Resolución Ministerial 3497/21 del Ministerio de Salud de la provincia, donde establece el uso de licencias para el personal comprendido en las Leyes 643,1279,2871 de Salud Pública.
Los puntos acordados son los siguientes:
* el trabajador o trabajadora podrá elegir entre usar 15 días de su licencia anual reglamentaria o licencia especial/profiláctica si la tuviera.
* las y los trabajadores que se encuentran dispensados por Decreto 555/20 Art 4° conocido como CODIGO 80, deberá hacer uso de esta licencia obligatoriamente.
* Si la trabajadora o trabajador no ha hecho uso aún de la Licencia Excepcional COVID de 10 días podrá hacerlo con al menos 1 día entre la finalización de una y el comienzo de la otra, si las condiciones de servicio así lo permiten.
* No se podrán usufructuar menos de 15 días.
* Si por razones personales no desea hacer uso de la presente, los días seguirán acumulándose. (Excepto LICENCIA PROFILACTICA)
* Las y los trabajadores que en el marco de la emergencia sanitaria fueron designados a prestar efectivo servicio en sectores que gozan de licencia profiláctica podrán hacer uso de la misma habiendo cumplido 6 meses ininterrumpidos.
* Todas las formas de licencia podrán ser suspendidas si la situación epidemiológica o situación de servicio lo requiere.
* La licencia se puede usar desde el 6 de Septiembre hasta el 30 de noviembre del corriente año
"El espíritu del presente acuerdo es que ante la gran demanda laboral enmarcada en la pandemia, las y los trabajadores puedan usar estos 15 días para descanso", dejaron asentado.