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Condenan a ocho años de prisión a un hombre que violó a su cuñada

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Fue declarado autor de tres hechos contra la hermana de su pareja. Además, la justicia piquense declaró la responsabilidad penal de un menor de 16 años por abuso sexual con acceso carnal.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - La jueza de audiencia, María José Gianinetto, condenó esta semana a un hombre de 28 años por dos hechos de violación y otro por tocamientos en perjuicio de su cuñada, una menor de 13 años. La pena impuesta fue de ocho años de prisión efectiva.

El acusado fue declarado autor material y penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la situación de convivencia con la víctima -dos hechos-“ y “abuso sexual simple -un hecho- en concurso real”.

El juicio oral se desarrolló los días 17 y 18 de febrero del corriente año, con la intervención de Gianinetto conformando un tribunal unipersonal, la participación de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor particular Norberto Paesani.

Según las pruebas aportadas en el debate, quedó probado que el imputado es responsable de tres hechos que damnifican a la hermana de su pareja.

El primero ocurrió a principios de 2015, en la casa de la madre del imputado cuando accedió carnalmente a su cuñada que en ese momento tenía 13 años. El segundo hecho ocurrió en el mes de septiembre del mismo año en el domicilio que compartían. También se acreditó que existió un tercer hecho que ocurrió en octubre de 2019, cuando el imputado realizó tocamientos a la damnificada.

En su alegato de clausura la Fiscalía mantuvo su acusación respecto de tres hechos antes mencionados, por lo que solicitó una condena de cumplimiento efectivo por el término de ocho años de prisión. Asimismo, requirió la absolución respecto a un cuarto hecho –tocamientos-, ocurrido en marzo de 2019. La defensa en su alegato de clausura solicitó la absolución de su defendido.

Sobre la calificación legal, como agravante por la convivencia de los hechos ocurridos, la magistrada expresó que “la doctrina ha manifestado que ‘su razón deriva, además de la inmadurez de la víctima menor de dieciocho años, del aprovechamiento por parte del autor de la facilidad que le otorga la cercanía con la víctima, como de la confianza que aquélla pudiera dispensarle por razón de la convivencia’”.

Menor

Por otra parte, el juez de Control Diego Ambrogetti confirmó un acuerdo de juicio abreviado contra un menor de 16 años, a quien se le declaró la responsabilidad penal por el delito de “abuso sexual con acceso carnal”. La víctima fue una menor de 14 años.

El hecho ocurrió en diciembre de 2020 en el domicilio de los abuelos del imputado, hasta donde la adolescente había llegado para reunirse con amistades. Cuando los mayores se retiraron de la vivienda, el joven invitó a la víctima al dormitorio y allí la sometió sexualmente a pesar de la resistencia ofrecida por la chica.

La adolescente damnificada llegó a su casa y minutos más tarde, ante la insistencia de sus padres en conocer si le sucedía algo, le contó a su mamá lo ocurrido y la mujer radicó la denuncia en la Unidad Funcional de Género.

El fiscal Luciano Rebechi y el defensor oficial Walter Vaccaro acordaron un juicio abreviado, con la única alternativa posible por tratarse de un menor de edad, que es la declaración de la responsabilidad penal del joven. El acuerdo fue firmado por el joven imputado, quien en el mismo acto reconoció los hechos, y la representante legal del mismo, su abuela.

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