La Pampa

Hacia dónde crecerá Santa Rosa

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El nuevo Código Urbanístico Ambiental que presentó hace dos semanas el intendente Luciano di Nápoli propone siete ejes o sectores para el crecimiento futuro de la ciudad. Los objetivos propuestos para cada una de las áreas que se habilitarían para urbanizar.

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EL DIARIO digital

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Dentro de cada una de las sietes zonas que el nuevo código urbanístico -que se analiza por estas horas- prevé para el crecimiento de la ciudad, hay sectores priorizados para su incorporación en forma prioritaria (designados por la letra A), a mediano plazo (B) o a largo plazo (C).

Las áreas De Urbanización Futura (A.U.F) son “el periurbano de la ciudad" y "áreas de reserva para el ensanche y expansión urbana”. “Estas áreas, pertenecientes al ámbito rural, representan sectores de interés para ser incorporados al crecimiento de la ciudad por sus características naturales o por encontrarse ubicadas en el sentido de los ejes de crecimiento y consolidación urbana”, explica el proyecto.

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Y define que “su incorporación podrá ser parcial o total de cada área, con un criterio gradual de acuerdo se cumplan las pautas de compactación urbana y a los objetivos técnicosambientales dispuestos por el área de aplicación”.

“En todos los casos los parámetros para la subdivisión, uso, ocupación de suelo y el resto de indicadores serán definidos por el área de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano y Obras Particulares, o en la que en un futuro la reemplace, mediante un estudio previo concluyente, siempre que se cumplan los requerimientos de compacidad y servicios necesarios para incorporar la nueva superficie de expansión como Distrito en el Perímetro envolvente Urbano definido como área de Urbanización Prioritaria”, aclara.

Según establece el proyecto, “estas incorporaciones serán autorizadas por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a la etapabilidad prevista”.

La normativa prevé el desarrollo de planes parciales, para sectores que agrupen más de una parcela o de significativa dimensión dentro de cada zona. "Cuando como resultado de los Planes Parciales existan contraprestaciones, como ejecución de obras, adelanto de cesiones, instalaciones de infraestructura o pago compensatorio por parte de los beneficiarios, se implementarán como instrumento urbanístico complementario convenios urbanísticos entre el sector público y los actores privados. Los mismos podrán ser individuales o colectivos y serán aprobados por Ordenanza, definiendo en todos los casos los objetivos, metas, plazos, formas de control periódico y penalización en el caso de no cumplimentar los compromisos contraídos", señala.

Los sectores del periurbano se clasifican en áreas definidas por sus características de intermediación entre el área urbana y rural y en algunos casos definen un ámbito rururbano que, por sus actividades rurales, tienen directa relación con la ciudad.

El proyecto plantea objetivos para cada área de reserva, definidas como áreas de Urbanización Futura (A.U.F).Son los siguientes:

El eje suroeste

El área de urbanización Futura 1 (AUF 1) se encuentran en el eje de consolidación metropolitana hacia el suroeste.

"Principalmente destinada a la consolidación residencial, con equipamiento comercial, actividades complementarias culturales y deportivas. El objetivo principal es la generación de parcelas accesibles, consolidando una trama vial jerarquizada priorizada, transformando grandes sectores vacantes de uso en áreas verdes como reservas naturales multifuncionales y de amortiguación pluvial. Cuando su incorporación sea en grandes bloques parcelarios, las cesiones para espacio público serán mayores, con destino a banco de tierras y espacios verdes públicos", define el proyecto.

* Delimitación AUF 1 a: Utracán, T. Merello 225 metros rumbo (S0), 215 metros rumbo (NO) Paralelo a Utracán, 400 metros rumbo (SO) Paralelo a T. Merello, 538 metros rumbo (NO) Paralelo a Utracán, 400 metros rumbo (SO) Paralelo a T. Merello, hasta R. Balbin , Continuación de Wilde, A. metros Justo, Pestalozzi Hasta Utracán. Delimitación AUF 1 a'''': Parte de la parcela 7, Chacra 28. Circunscripción III delimitado por calle Telén, 260 metros rumbo (SE) por calle Balbin, 1000 metros rumbo Suroeste, continuación de calle Civit hasta 7 Colores, 260 metros hasta Telén.

* Delimitación AUF 1 b: Parte de la parcela 1 Chacra 29, Circunscripción Ill cuyo lado (NO) es paralelo y se encuentra a 260 metros de la calle metros México con una longitud de 400 metros. El lado SO mide de 550 metros y linda con calle Dr. R. Balbin. Lado SE lindero con el Distrito ISP2 y lado NE lindero a ARV.

* Delimitación AUF 1 b'''': Parcelas 4 y 5 Chacra 28, Circunscripción III; parte de la parcela 7 Chacra 28, Circunscripción III lindante en su lado (NO) con continuaión de calle E. Civit. Delimitación AUF 1 c: Parcela 2 y 3, Chacra 32, Circunscripción III.

El eje sureste

Las áreas de urbanización Futura 2-3-4-5-6-7 se encuentran en el eje de crecimiento sur este, con predominio de operatorias de interés social.

"Destinadas principalmente a la conformación de un nuevo tejido urbano mixto, con predominio residencial comercial y administrativo. El objetivo principal es la concreción de una trama de mayor compacidad articulada con nuevas vías circulatorias jerarquizadas, con mayor grado de constructividad, generación parcelaria accesible y mayores cesiones de banco de tierra, con posibilidades de concreción y completamiento de infraestructura de redes y de servicios", puntualiza el nuevo código.

* Delimitación AUF 2: Parcela Rural 72 y 73 del Lote 18, Fracción D, Sección II

* Delimitación AUF 3: Parcela Rural 53, 77 y 85 del Lote 18, Fracción D, Sección II

* Delimitación AUF 4a: Parcela Rural 175 y 174 del Lote 18, Fracción D, Sección II

* Delimitación AUF 4b: Parcela Rural 192 del Lote 18, Fracción D, Sección II Y Parcelas 2,3 y 4 Quinta 12, Radio v, Circunscripción II.

* Delimitación AUF 4c: Parcela Rural 28 del Lote 18, Fracción D, Sección 2.

* Delimitación AUF 5a: Parcela Rural 90 y 91 Lote 18, Fracción D Sección II y 430 metros de la parte Oeste de la Parcela Rural 82 Lote 18 Fracción D Sección II.

* Delimitación AUF 5b: Parcela Rural 71 del Lote 18, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 6a: Parcela Rural 54, 78 y 92 del Lote 18, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 6b: Parcela Rural 55, 79 y 93 del Lote 18, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 7a: Parcela Rural 195, del Lote 18, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 7b: Parcela Rural 194, del Lote 18, Fracción D, Sección II.

El eje este

Las áreas de urbanización Futura 8, 9 y 10 se encuentran en el eje de crecimiento Este, con predominio de amplias superficies libres, con actividades rururbanas de baja intensidad. "Se caracteriza por la implicancia y afectación del Acuífero subterráneo Anguil – Santa Rosa. Para su protección como área de reserva deben imponerse restricciones y limitantes de uso", aclara el nuevo código.

"El desarrollo de las mismas será mediante Planes integrales. El objetivo principal es su incorporación generando un tejido urbano dilatado con mayor concentración de actividades sobre los ejes viales, con predominio de grandes espacios libres verdes que conformen amplios parques urbanos de uso público que actúen contrapesando el sector oeste de la ciudad, permitiendo a la vez la recarga del acuífero mediante una mayor cesión de espacios públicos para la generación de un tejido residencial y comercial de baja densidad, con parcelas de gran superficie. Preservando las actividades rururbanas, en íntima relación con la ciudad, incluyendo actividades deportivas y recreativas para la concreción de un tejido residencial coexistente con las mismas y preservando las características naturales del área", señala.

"Como condición principal, deberá ejecutarse la totalidad de la infraestructura sanitaria de redes de agua y cloacas, preservar y reutilizar el excedente pluvial, con restricción de la extracción de agua para riego en el sitio", establece.

* Delimitación AUF 8 a: Parcela Rural 143 y 173 del Lote 13, Fracción D, Sección II y parte Oeste de la Parcela Rural 172 Lote 13, Fracción D Sección II, lado (E) se encuentra a 890 metros de la calle Niotti.

* Delimitación AUF 8 b: Parcela Rural 28,70,77,125,225,226, Lote 13, Fracción D, Sección II. Delimitación AUF 8 c: Parte Este remanente de la Parcela Rural 172, Lote 13, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 9 b: Parcelas 80, 83, 85, 86, 141, 176, 178, 187, 188 y 199 del Lote 13, Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 10 a: Parte Sur de las parcelas 48 y 57 del Lote 13, Fracción D, Sección II. El lado Norte es continuación de la calle José Miguel Malán. Parcela Rural 132, Lote 13, Fración D, Sección II. Parcelas 1 y 2 Quinta 16, Radio l, Circunscripción VII. Parcelas 1, 2, 3 y 4 Quinta 12, Radio i, Circunscripción VII. Parcelas 1, 2, 3 y 4 Quinta 13, Radio i, Circunscripción VII. Delimitación AUF 10 b: Parte Norte de las Parcelas 48 y 57 del Lote 13, Fracción D, Sección II, Lado Sur continuación de la calle José Miguel Malán. Delimitación

* AUF 10 b'''': Parcelas 128, 194 y 195 del Lote 13, Fracción D, Sección ll.

El eje norte

El área de urbanización Futura 11 se encuentra en el eje de crecimiento norte, limitado hacia el norte por predios de la Provincia de La Pampa, utilizado para el cultivo y la producción, y de la Universidad Nacional de La Pampa con el campus universitario y las Facultades de Agronomía, Exactas y Naturales con predominio de actividades agrícolas.

"Representa un eje de crecimiento natural por la posibilidad de continuar con la trama existe. Principalmente destinada a la consolidación residencial, con equipamiento comercial y actividades complementarias, culturales y deportivas con la combinación de tipologías de baja densidad y mayor compacidad sobre los ejes de circulación", indica el código.

"El objetivo principal es la concreción de un recurso amortiguador del aporte pluvial al sector norte de la ciudad, con mayor cesión de espacios públicos libres verdes y la ejecución de infraestructura pluvial y de servicios de agua y cloacas", apunta.

* Delimitación AUF 11a: Calle Sgto. I. García, continuación E. Stieben 180 metros rumbo (N), 1760 metros rumbo (E), Av. Eva Perón (RN 35) hasta Sgto. I García.

* Delimitación AUF 11b: Parcela Rural 7, Lote 12 Fracción D, Sección II, y 300 metros de la parte (N) de la parcela rural 8, Lote 12 Fracción D, Sección II.

* Delimitación AUF 11c: Parte (NE) de la parcela rural 27, Lote 12, Fracción D, Sección ll, lado Oeste es la continuación de calle E. Stieben y su lado (S) linda con la AUF 11a.

El eje oeste y sur

El área de urbanización Futura 12 se ubica sobre el eje de crecimiento oeste y al sur, con predominio de actividades rurales y mínimas rururbanas. Como consecuencia de su ubicación, contigua a una trama urbana en vías de consolidación, se prevé de muy baja densidad con uso principalmente residencial.

"Su incorporación será paulatina en relación a la posibilidad de contar con infraestructura de redes de agua y cloaca, definiendo y conformando un tejido periurbano, con parcelas de gran dimensión y uso residencial únicamente con una vivienda por parcela, permanente o temporaria, en coexistencia con usos productivos de quintas. Con servicios complementarios y comerciales sobre los corredores viales jerarquizados", enumera el proyecto oficial.

* Delimitación AUF 12a: Parcelas 2 y 3, Quinta 3, Radio a, Circunscripción III. Parcelas 1, 3, 4, 5, 6, 11 y 12 Chacra 18, Circunscripción III. Parcelas 5 y 6 Chacra 19, Circunscripción III.

Delimitación AUF 12b: Parcelas 4 y 5, Quinta 3, Radio a, Circunscripción III. Parcelas 1, 2, 3 y 4. Quinta 5, Radio a, Circunscripción III. Parcelas 8, 9 y 10 Chacra 18, Circunscripción III. Parcelas 1, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, Chacra 19, Circunscripción III.

El eje suroeste

Las áreas de urbanización Futura 13 y 14 se ubican sobre el eje sur y al oeste del mismo, discontinuos de la trama urbana, con características rurales de baja explotación.

"El objetivo principal es su incorporación para consolidar el eje comercial, industrial y de servicios de gran escala, coincidente con el acceso sur a través de la Ruta Nacional Nº 35. Por su ubicación contigua a sectores industriales, productivos y de servicio, esta zona conforma para la ciudad un área de reserva para la concreción y afianzamiento de usos con estas características, destacado por su accesibilidad y la posibilidad de contar con redes de servicios", señala el código.ç

"Deberá desestimarse el uso residencial en general, reservando el mismo únicamente como complemento de la actividad principal. Podrá coexistir con emprendimientos intensivos de cría y/o cultivo de mediana escala, definiendo una trama de grandes manzanas", indica.

* Delimitación AUF 13c: Parcela 3 y 4, Chacra 33, Circunscripción III. Delimitación AUF14c: Parcela Rural 32, Lote 19, Fracción D, Sección ll y Parte Sur de la Parcela Rural 34, Lote 19, Fracción D, Sección ll. El Lado norte de la AUF coincide con la prolongación del lado Norte de la parcela rural 32, Lote19, Fracción D, Sección ll.

El eje noreste

El área de urbanización Futura 15 se encuentran en el eje noreste, con predominio de actividades rurales de acotada continuidad urbana por las barreras prexistentes. "Posibilita la concreción de un tejido rururbano de quintas y chacras, con superficie intermedia destinada principalmente a actividades productivas intensivas de cría y cultivo, y la vivienda únicamente como complemento de la actividad principal", indica el código.

* Delimitación AUF 15c: Parcela Rural 36, 37, 49, 50, 51, 58, 59, 60, 94, 95, 96, 97, 98 y 99, Lote 13, Fracción D, Sección

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