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EL DIARIO digital
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El Ejecutivo nacional solicitó medidas provisionales ante el organismo internacional con sede en Alemania para frenar el proyecto petrolero Sea Lion en la Cuenca Malvinas Norte, tras vencer el plazo dado al Reino Unido.
El Gobierno de Javier Milei formalizó este martes una solicitud de medidas provisionales ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar para detener la explotación petrolera del proyecto Sea Lion, emplazado en la Cuenca Malvinas Norte. La medida se concretó luego de que expirara el plazo de dos semanas otorgado por la Argentina al Reino Unido para que suspendiera las operaciones en el yacimiento.
El propósito de la presentación es conseguir un fallo urgente que salvaguarde los derechos del país sobre su plataforma continental, en paralelo a la constitución del tribunal arbitral que evaluará el fondo del diferendo. La Oficina del Presidente dio a conocer la acción a través de un comunicado oficial difundido el 13 de octubre, donde detalló que el objetivo es evitar que las autorizaciones unilaterales británicas agraven la controversia reconocida por las Naciones Unidas.
Estrategia internacional y marco legal
Esta acción constituye el siguiente paso dentro de la estrategia anunciada por el mandatario el 28 de septiembre, fecha en la que la Argentina notificó al Reino Unido la activación del procedimiento contemplado en el Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Tras el vencimiento del plazo el lunes 12 de octubre y la negativa británica a frenar las tareas respaldadas por las autoridades de las islas, la administración nacional acudió a la sede del tribunal en Hamburgo, Alemania.
Las tratativas diplomáticas son coordinadas por la Cancillería, liderada por Pablo Quirno. En el plano técnico intervinieron la Consejería Legal Internacional, a cargo del embajador Mario Oyarzábal, y la Procuración del Tesoro, dirigida por Sebastián Amerio.
El fundamento legal recae en el artículo 290, párrafo quinto, de la CONVEMAR, que habilita al Tribunal del Mar a dictar medidas urgentes para proteger los derechos de las partes o prevenir daños graves al medio marino antes de que se conforme el tribunal arbitral definitivo de cinco integrantes. Las decisiones del organismo son de carácter obligatorio, aunque podrán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto una vez constituido el tribunal de arbitraje.
Como precedentes, la Argentina invocó el caso de la Fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012, cuya liberación inmediata fue ordenada por el tribunal el 15 de diciembre de ese año, y el litigio marítimo entre Ghana y Costa de Marfil de 2015, donde se prohibieron nuevas perforaciones en un área en disputa. De replicarse los tiempos del caso de la Fragata Libertad, una resolución preliminar sobre Sea Lion podría conocerse en noviembre, aunque todavía no se fijaron fechas para audiencias.
El proyecto Sea Lion y los plazos de inversión
El yacimiento Sea Lion se localiza a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas. La compañía israelí Navitas Petroleum detenta el 65 % y opera el proyecto, mientras que la británica Rockhopper Exploration posee el 35 % restante, tras haberlo descubierto en 2010.
Hacia finales de 2025, las empresas aprobaron la inversión de la primera etapa con la meta de iniciar la producción comercial en el primer trimestre de 2028 y las perforaciones en 2027. La fase inicial contempla once pozos submarinos vinculados a una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga (FPSO). Además, el 7 de octubre Rockhopper reportó un acuerdo por 44 millones de dólares para adquirir una participación en la propietaria del buque FPSO OSX-1.
En paralelo, la Oficina del Presidente indicó que Halliburton confirmó que sus filiales no prestarán servicios al proyecto, y si bien Navitas informó el reemplazo de dos contratistas, ratificó sus planes sin previsión de un impacto material adverso.
Argumentos de la postura argentina
La urgencia del planteo argentino responde a la continuidad de las inversiones sobre un recurso no renovable cuya extracción podría generar perjuicios irreversibles de cara a un fallo posterior. El reclamo se apoya en la disputa de soberanía reconocida por las Resoluciones 2065 (1965) y 31/49 (1976) de la Asamblea General de la ONU, que instan a negociar y exigen evitar modificaciones unilaterales de la situación.
Por su parte, el Reino Unido argumenta que las actividades autorizadas cumplen con las normativas aplicables y el derecho internacional. El pronunciamiento inicial del Tribunal del Mar definirá la aplicación de medidas cautelares sobre Sea Lion mientras avanza el arbitraje principal.