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EL DIARIO digital
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El tribunal revocó una resolución del Juzgado Federal Nº 11 y pidió profundizar el análisis sobre el origen y la autenticidad del material atribuido a Diego Spagnuolo.
La Cámara Federal ordenó al juez Sebastián Casanello investigar el origen y la veracidad de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo que dieron inicio a la causa por presuntas coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). La decisión fue tomada por los jueces Martín Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah este último en disidencia al revocar la resolución del Juzgado Federal Nº 11 que había rechazado los planteos de nulidad presentados por las defensas de los hermanos Kovalivker y del propio Spagnuolo.
Los camaristas señalaron que el expediente se inició a partir de una denuncia basada en trascendidos periodísticos y remarcaron que aún no se determinó el origen del material ni si fue "manipulado, editado o armado total o parcialmente con inteligencia artificial". En ese sentido, avalaron el planteo de la defensa de Spagnuolo, que calificó los audios como "prueba violatoria de los derechos y garantías constitucionales" al no contar con certeza sobre su procedencia, al haber sido obtenidos "subrepticiamente" y al poder tratarse de contenido "falso, adulterado u obtenido sin consentimiento del interlocutor".
En el fallo, los jueces advirtieron: "Resulta estéril argumentar a esta altura sobre la admisibilidad de grabaciones efectuadas por particulares cuando, en rigor, esa afirmación no se encuentra respaldada en el expediente". También señalaron que "la conversación pareciera haber tenido lugar en un ámbito que no resultaba privado" o que "no se encuentra acreditado que la prueba haya sido obtenida a través de medios inconstitucionales o ilegales". La falta de precisiones sobre el origen del material, agregaron, "no sólo impide receptar las pretensiones recursivas de las defensas sino que también torna impropio avalar la decisión que las rechaza".
Los cuestionamientos técnicos
La defensa de Spagnuolo, representada por Mauricio D'Alessandro y Pablo Parera, sostuvo que los audios presentaban "ausencia de metadatos, fragmentación, microcortes y diferencias acústicas", además de la posible presencia de "voz sintética generada por inteligencia artificial". Según explicaron, estos elementos indicarían que el material carece de autenticidad y podría provenir de una interceptación ilegal.
También cuestionaron que no se haya realizado una verificación técnica oficial al momento de incorporar los audios a la causa, y señalaron que tanto los dictámenes del Ministerio Público Fiscal como las medidas posteriores se apoyaron en ese material. Por esto, solicitaron la nulidad de la resolución y de todos los actos procesales posteriores, además del sobreseimiento de Spagnuolo por "contaminación probatoria", invocando la doctrina del "fruto del árbol envenenado".
El informe pericial
La defensa presentó un informe elaborado por el perito Miguel Ángel de la Torre Guijarro, quien concluyó que el audio atribuido a Spagnuolo fue "editado y modificado múltiples veces". El especialista indicó que no dispone de la secuencia completa del registro, lo que impide "un examen exhaustivo y concluyente de manera inequívoca sobre la autenticidad e integridad del audio". Determinó, además, que la grabación "no es íntegra porque no mantiene continuidad durante los actos del habla, y presenta un total de 18 cortes compatibles con la edición y manipulación intencionada".
El perito también registró "otros artefactos compatibles con errores de la propia edición y manipulación del audio, efectuada con posterioridad al proceso de registro sonoro". Y añadió que "se identifican cambios bruscos en parámetros acústicos de amplitud y frecuencia, que no se corresponden con una grabación de secuencia única".