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10 años de prisión a un padrastro por abuso

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La condena fue dictada por el juez Besi. El condenado es un hombre de 34 años, que se aprovechó del retraso madurativo de la denunciante.

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EL DIARIO digital

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El juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, condenó este miércoles a un padrastro de 34 años a la pena de 10 años de prisión, por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, como delito continuado, mediante amenazas, agravado hasta el 13 de enero de 2018 –fecha en que la víctima cumplió 18 años– por la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años.

Los hechos fueron enmarcados en la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres y, además, el magistrado ordenó que el imputado continúe bajo arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme.

Besi, con las pruebas reunidas durante el juicio oral, dio por probado que el acusado abusó sexualmente de una hija de su pareja, en la vivienda donde convivía el núcleo familiar (…), ello sin poder precisarse fechas exactas, pero “sí que fueron durante el año 2017 hasta fines de 2018, continuando los abusos (…) hasta fines de marzo de 2019, en oportunidad en que se encontraban solos en el domicilio”. “Los hechos –subrayó el magistrado– se cometeron bajo amenazas si contaba algo”.

Al momento de fijar la sanción, Besi valoró a favor del acusado su edad, su falta de antecedentes penales y “su colaboración durante el proceso, su postura y presencia en la audiencia” y que siempre mantuvo la actividad laboral “realizando todo tipo de trabajo”.

En contra tuvo en cuenta “el daño causado a la denunciante, quien cansada de sufrir los actos abusivos decidió irse de la vivienda familiar, contando lo padecido –a través de una red social– a su hermano, conforme el testimonio (…) La fuga del hogar puede ser una característica como ‘refugio de protección’”, indicó el juez.

Además consideró como agravantes que el imputado se aprovechó del retraso madurativo moderado que padece la denunciante, afectándose así su integridad sexual; además de “las secuelas y el daño, y la magnitud que tales hechos causaron en la víctima, a tal punto que decidió” irse de la provincia. También dijo que las agresiones se produjeron “en la clandestinidad, teniendo el control de la situación, fuera del conocimiento u observación de terceros”.

“Lo expresado conlleva a que sabía que su conducta era delictiva; pues se aprovechaba de la desprotección en que se hallaba la hija de su pareja, dándose una situación de desventaja. Se aprovechó de la confianza que existía, ya que hacía aproximadamente 14 años que todo el núcleo familiar vivía junto en la misma casa. También se apreció al escuchar a los familiares que, como consecuencia de la denuncia, hubo un quebrantamiento de las relaciones familiares”, subrayó Besi.

La fiscala Verónica Ferrero había requerido, en los alegatos de cierre, una pena de 12 años de prisión y que se mantenga el arresto domiciliario; mientras que el defensor particular, Fernando Fassina, planteó que hubo muchas dudas sobre lo sucedido y por ello planteó la absolución y, subsidiariamente, la figura del abuso sexual simple y una pena de seis meses de prisión.

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