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Impulsan la paridad de género en espectáculos municipales

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El bloque de concejales del Frepam de Santa Rosa presentó un proyecto para establecer la paridad de artistas mujeres y otras identidades autopercibidas para los eventos artísticos musicales a realizarse en Santa Rosa.

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EL DIARIO digital

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“Nuestra ciudad tiene una importante actividad cultural y se establece como un ámbito de la vida social de gran visibilidad, que construye modelos y representaciones sociales significativas, ofreciendo distintas miradas sobre los géneros y las sexualidades”, fundamentaron.

“Es evidente el desequilibrio en cuanto a las oportunidades laborales y posibilidad de expresión entre hombres y mujeres y otras identidades autopercibidas, por lo tanto es importante que todos los espectáculos artísticos musicales tiendan a generar espacios más equitativos de géneros y sexualidades”, resaltaron.

“Entendemos que sigue siendo necesario llevar adelante políticas públicas en la Municipalidad de Santa Rosa que generen marcos de igualdad, garantizando derechos de sectores culturalmente postergados”, aseveraron.

La propuesta

En el proyecto establecen que “el cupo mínimo de artistas mujeres y de otras identidades autopercibidas se encuentra cumplido cuando se componga por artistas solistas y/o agrupación musical compuesta por integrantes mujeres y de otras identidades autopercibidas y/o agrupaciones musicales mixtas donde la presencia de integrantes mujeres y de otras identidades autopercibidas implique un mínimo del cincuenta por ciento (50%) sobre el total de sus integrantes”.

“Las prescripciones de lo establecido no alcanzan a los grupos musicales que acompañen a solistas mujeres y de otras identidades autopercibidas”, aclararon

“Los organizadores de los respectivos eventos deben acreditar fehacientemente ante la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, dentro de los noventa (90) días previos a la realización del espectáculo o dentro de los cinco (5) días posteriores de la puesta a la venta de las entradas al mismo y/o publicidad del evento, el cumplimiento del cupo mínimo de artistas mujeres y de otras identidades autopercibidas establecido mediante la presentación de la grilla del espectáculo programado”, se lee en el articulado.

Para quienes no lo respeten se establece que “el incumplimiento de lo establecido por el inciso “G” del Título Octavo, Capítulo II - De las obligaciones de los habilitados, se sancionará con una multa equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado la actuación de artistas en el evento”.

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