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“Tenemos miedo de que el STJ nos robe el dominio que nos dio”

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Lo dijo Liliana Ortiz por un fallo de la sala civil del STJ en relación a la disputa por el inmueble de La Recova.

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EL DIARIO digital

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El Superior Tribunal de Justicia anuló el fallo de la Cámara Civil y dejó firme la sentencia de la jueza Fabiana Berardi por el supuesto “despojo” que sufrió la familia Corredera por parte de la familia Ortiz en la posesión del inmueble ubicado en Yrigoyen 13 y que pertenece al condominio La Recova.

La familia Ortiz, propietaria del 50% de ese inmueble, denunció que “tenemos miedo de que el STJ nos robe el dominio que nos dio”.

La causa que resolvió el STJ el pasado 20 de agosto es una de las derivadas del expediente en el que está en disputa la propiedad del inmueble La Recova de Santa Rosa.

En la actualidad, los Ortiz le alquilan a un vendedor senegalés el local ubicado en la calle Yrigoyen 13, pegado al de la confitería. Por ese local, Antonio Corredera inició un expediente por “turbación” de la propiedad: es decir una molestia contra el poseedor, no querido por éste, realizado por actos físicos con el fin de desposeerlo de un bien.

Pero la jueza Berardi, en su fallo, convirtió esa causa por “turbación” en un liso y llano “despojo”, dictado contra los Ortiz y en beneficio de la situación de Antonio Corredera.

Los Ortiz apelaron ese fallo ante la jueza Berardi, que les denegó la chance de ese recurso. Por eso recurrieron ante la Cámara de Apelaciones. Esta le dio la razón a Ortiz, pero ahora el STJ resolvió lo contrario. “Es una sentencia rara. El STJ no abre recursos y en este caso sí. Lo dejaron dormir 9 meses desde noviembre de 2019 y no cumplieron el plazo que tienen para contestar. La sala natural para resolver, de acuerdo al ingreso, estaba integrada por los doctores Sappa y Fernández Mendía. Al dejarlo dormir, pasó a este año que cambió y está integrada por la doctora Fresco y el doctor Fernández Mendía. Está afectada la economía procesal y la afectación del derecho de defensa por no cumplir el plazo que tenían para contestar, nos dijeron en los pasillos”, denunció la familia Ortiz.

“Los señores ministros firmantes de la sentencia en autos caratulada ‘Ortiz Elba Liliana y otros sobre incidente de nulidad’, expte. 1885/19 Sala A del STJ, integrada por su presidente, Eduardo Fernández Mendía, y por la vocal Elena Fresco, a fojas 10, dicen: El tribunal de mérito, por su parte, efectúa consideraciones de las que se desprenderían el reconocimiento del derecho real de dominio de la familia Ortiz sobre el bien inmueble en conflicto”, señalaron.

La familia Ortiz reiteró que el Poder Judicial ya resolvió que son propietarios del 50% del inmueble La Recova. “Después de 20 años de juicio (no sabemos si ese lapso da para pensar en la economía procesal), el dominio está firme con el dictado de la sentencia definitiva fechada el 5-11-2008 (fojas 1064 a 1076) en el expediente judicial “Corredera José Benito c/Ortiz Cereceda ángel y otros s/Ordinario Nº R28384, que tramitara ante el Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nº 2 de esta Circunscripción Judicial, que llegó mediante recurso extraordinario provincial al STJ, por la doctora Elena V. Fresco, como presidente de Sala A, y el doctor Eduardo Fernández Mendía, como vocal de dicha sala. Así también que, impugnada aquella inscripción registral, esa cuestión ha sido resuelta por el STJ, Sala C, firmado por el doctor Eduardo Fernández Mendía como Vocal en el expte. Nº 12692/19 que se encuentra firme y consentido al no haberse instado recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, detallaron.

Historia

El inmueble de La Recova fue comprado en un 50% por Antonio Corredera al zapatero y comerciante ángel Ortiz en el año 1989. Pero esa escritura de compraventa se anuló porque Corredera era administrador de la sucesión Camarero -los dueños originales del inmueble- y estaba inhibido de hacer esa operación.

Esto se descubrió en una disputa que se inició en el año 2001 entre los hermanos Corredera, Abel, José y Antonio, por el reparto de los ingresos de una sociedad de hecho que mantenían. En ese juicio, “Pepe” se enteró de que nunca el inmueble de La Recova estuvo a su nombre. Cuando se anuló aquella escritura, ángel Ortiz inscribió el 50% de La Recova a su nombre y después quedó a nombre de sus herederos (Liliana Ortiz y sus hermanos).

Local

“Los integrantes de la familia Corredera iniciaron una acción posesoria de turbación sobre el local de Hipólito Irigoyen 13 y dos años después de trabada la litis, invocando la figura de conversión en “despojo”, la autoridad judicial cambió la pretensión fuera de los límites admisibles”, se quejaron sobre el fallo.

Recordaron que “la familia Ortiz tiene pedido el desalojo de La Recova por ser la vía más rápida después de una sentencia de nulidad absoluta y manifiesta”.

“A fojas 11, los señores ministros opinaron que hubo “despojo parcial”. En ese momento había un contrato de comodato vigente, que continúa hasta la actualidad, con el Sr. Diop, quien veía con estupor cómo le habían bloqueado la cerradura de su local, hecho que derivó en una denuncia el 21 de noviembre de 2017 y ampliación de denuncia del 23 de noviembre de 2017”, señalaron.

“El juez conoce el derecho, no puede desconocer el derecho real de dominio, la existencia de un contrato vigente y la economía procesal (20 años de juicio).

El juez es gestor de paz, de equidad, su función es hacer jurisprudencia usando la prudencia en la realización efectiva del derecho y debiendo, al interpretar la ley, contemplar las particularidades del caso y el logro de resultado jurídicamente valioso, según un juez de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Santa Rosa”, señaló la familia Ortiz.

“La Convención Americana de Derechos Humanos habla de plazo razonable de los procesos que dependerá de la complejidad del asunto, de la actividad procesal de las partes y de la actividad de los magistrados”, aseguró.

Para finalizar, la familia Ortiz recordó que “el martes 13 de noviembre de 2018, en Santa Rosa, se reunió la Comisión Iberoamericana de la ética Judicial, en donde la doctora Elena Fresco, en ese momento presidenta del STJ de La Pampa, expresó: ‘La ausencia de ética judicial o su deformación ha causado una epidemia de desprestigio que, de manera impostergable, debemos remediar progresivamente para recuperar la hoy limitada legitimidad del ejercicio’”.

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