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Amenazó y agredió a su ex, arregló un juicio abreviado e irá seis meses preso

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Un hombre de 28 años fue condenado a 6 meses de prisión efectiva, tras acordar un juicio abreviado luego de ser denunciado por dos hechos de violencia de género contra su ex pareja.

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EL DIARIO digital

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El acusado es Julio Alberto Pereyra, quien además fue declarado reincidente. El juez de control Gabriel Tedín lo condenó como autor de los delitos de amenazas simples, lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente y violación de domicilio, concursando todo ello en forma real. Los hechos fueron encuadrados en la ley 26485 de Protección Integral a la Mujer y la víctima fue una expareja.

El acuerdo fue presentado en forma conjunta por el fiscal Walter Martos, el defensor oficial Juan José Hermúa y el propio imputado, quien registra antecedentes penales y admitió su responsabilidad penal. La damnificada, al ser notificada, también prestó su conformidad.

El primero de los hechos acreditados ocurrió el 25 de enero de este año, a la noche, cuando Pereyra estaba con su entonces pareja y comenzó a realizarle escenas de celos. Según el fallo, en ese momento la empezó a amenazar: “vos estás con otros locos, yo te voy a prender fuego la casa, a mí de gil no me vas a agarrar”, le manifestó.

La mujer, en esas circunstancias, le advirtió que llamaría a la policía para denunciarlo y el acusado le respondió: “yo voy a ir preso, pero antes te entierro de cabeza, te voy a matar”. Después salió del departamento “ofuscado e insultándola”, por lo que la damnificada solicitó la presencia policial. Ante ello Pereyra saltó por un techo y fue detenido.

Dos meses más tarde, el 28 de marzo a la madrugada, el condenado ingresó a la casa de la víctima por la fuerza, discutió con ella y le dio un golpe de puño en la boca, causándole lesiones. Luego se alejó en su moto, a la par que los vecinos dieron aviso a la policía.

Tedín señaló que las calificaciones legales fueron “correctamente encuadradas y quedaron probadas” ya que “el imputado le profirió dichos amedrentantes, que contenían claros anuncios a la víctima de sufrir un mal grave e inminente, con entidad suficiente de causarle temor y limitar su ámbito de libre autodeterminación”.

A su vez, indicó que “como hecho independiente, en otra ocasión ingresó al domicilio de la víctima sin su consentimiento y la agredió físicamente, de manera intencional”.

Finalmente, el magistrado indicó que deberá cumplirse con el artículo 11 bis de la ley 24660, ya que la víctima expresó su voluntad de ser informada con respecto a los planteos de libertad anticipada que pueda formular la defensa de Pereyra.

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