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El TIP ratificó el fallo por el crimen de Jorge Llanos en Santa Rosa

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En primera instancia, Sosa admitió su culpabilidad y recibió 12 años de prisión. Luego, el acusado cambió de abogada defensora, e intentó impugnar la sentencia.

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EL DIARIO digital

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Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal, Filinto Rebechi y Pablo Balaguer, no hicieron lugar al recurso de impugnación presentado por la defensa y confirmaron el fallo de 12 años de prisión contra Julio Matías Sosa por el homicidio en ocasión de robo del jubilado de 89 años Jorge Manuel Llanos ocurrido el pasado 19 de septiembre en un domicilio de la avenida Uruguay de Santa Rosa.

A pesar de que Sosa fue condenado en un acuerdo abreviado donde admitió su culpabilidad, cambió de defensora e intentó impugnar la sentencia, algo que finalmente no prosperó en esta instancia.

En enero pasado, Sosa, de 30 años, admitió la autoría del hecho y, a partir de ello, el fiscal Oscar Cazenave y la defensora oficial sustituta María Antonella Marchisio convinieron el juicio abreviado. El primero de febrero el juez de audiencia santarroseño, Daniel Sáez Zamora, condenó a Sosa a 12 años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo. Ese día, a media tarde, el acusado ingresó a una vivienda de la avenida Uruguay, agredió a su único habitante –un hombre de 89 años– y se apoderó de una cámara fotográfica, un juego de llaves y diez medallas.

Días después Sosa desingó a la abogada Camila Virginia Aimar como su defensora particular y solicitó que se revoque la sentencia condenatoria y se absuelva por el beneficio de la duda o que se deje sin efecto el acuerdo de juicio abreviado "por errónea aplicación de la ley sustantiva (art. 387 inc. 1º del C.P.P.) y errónea valoración de la prueba (art. 387 inc. 3º del C.P.P.)".

El juez Rebechi rechazó los dos planteos de la defensa, fundamentos a los que adhirió Balaguer.

Debida prudencia

Rebechi, al fundamentar el rechazo de la impugnación, se refirió a la acusación que hizo la abogada Aimar hacia la defensora oficial Marchisio de que "embaucó" a Sosa para convencerlo de admitir su culpabilidad y acordar un juicio abreviado.

"No puedo dejar de mencionar unos términos utilizado por la Defensora al expresar: "Sin embargo se lo trató como un trámite más, sin respetar el debido proceso. Se lo embaucó para que suscribiera un acuerdo que más que beneficiarlo lo perjudicó, aprovechándose de su intelecto, sin siquiera tomar el recaudo de corroborar si el Sr. Sosa entendía los términos", expuso Rebechi.

"Estos términos utilizados por la Defensora, aludiendo a un posible "embaucamiento" y "aprovechándose del intelecto de Sosa", por parte de funcionarios públicos -Ministerio Público Fiscal y Defensora Penal Sustituta- que representan al Estado merece ser resaltado a los fines de que la nombrada profesional, en sus términos no guarda la debida prudencia excediendo el marco del legítimo derecho de Defensa que debe ejercer", afirmó.

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