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Violó a una amiga de su hija y lo condenaron a ocho años

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La sentencia fue dicatada por la jueza María José Gianinetto (foto). En los tribunales piquenses hubo este jeuves otra condena a prisión condicional por tocamientos.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 38 años que sometió sexualmente a una niña de 12 años, amiga de su hija. La pena, de 8 años de prisión efectiva, fue acordada por las partes. El hombre fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda”.

El fallo fue dictado este jueves a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado. Los padres de la damnificada -una amiga de la hija del imputado, de 12 años de edad- al ser informados sobre los alcances del acuerdo, prestaron su conformidad.

El hecho que quedó demostrado en el acuerdo, ocurrió -sin poder precisar fecha exacta- en una oportunidad en el domicilio del imputado, cuando éste abusó sexualmente con acceso carnal a la amiga de su hija de 12 años de edad, aprovechándose que la víctima se quedó a dormir en su casa.

Gianinetto expresó en el fallo que “el agravante de la guarda se encuentra configurado por la circunstancia de que el hecho ocurrió cuando la víctima se quedó a dormir en su casa y por lo tanto quedó bajo su cuidado, por ser amiga de su hija“.

Al momento de merituar la pena a imponer, la jueza dijo que dado que “la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por los antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 369 C.P.P., y que el acuerdo de partes establece la pena de ocho años de prisión, corresponde respetar dicha condena, que resulta el límite para el Tribunal”.

Como circunstancia atenuante la magistrada consideró que el acusado no registra antecedentes condenatorios y que se trató de un solo hecho. Como circunstancias agravantes consideró “el aprovechamiento de la vulnerabilidad de la niña y la utilización a su favor de la gran diferencia de edad con ella, como así también en el daño que le ha provocado a la víctima, que se ha visto a tan corta edad sometida a un acto de contenido sexual de tal magnitud, lo que resulta aún más reprochable si pensamos que se trata de un hombre adulto, incluso con hijos de edades similares a la víctima”.

Tocamientos

Otro hombre, de 31 años, fue condenado también por realizar tocamientos a una niña de 5 años de edad, hija de su pareja. La pena impuesta fue de ejecución condicional.

El juez de control, Alejandro Gilardenghi, condenó al acusado como autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple” -un hecho- y le confirmó la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. También le revocó la condicionalidad de una pena anterior -de seis meses de prisión en suspenso que le fuera impuesta con fecha 7 de junio de 2019-, por la comisión de un nuevo delito dentro del plazo del art. 27 primer párrafo del C.P., y le unificó ambas condenas acumulándolas en la pena total y única a cumplir de un año de prisión de efectivo cumplimiento.

El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por las partes intervinientes, el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Alejandro Caram y el imputado.

Con las pruebas aportadas en la causa, se pudo establecer que el 30 de enero de este año el imputado realizó tocamientos en las partes íntimas de la niña de 5 años de edad, hija de su pareja.

Por otra parte, a solicitud de las partes representadas en el proceso –por acuerdo absolutorio-, el juez absolvió al imputado en orden a otro delito de abuso sexual simple (un hecho) que le fuera imputado en el mismo legajo.

Por último, el juez ordenó remitir de forma inmediata la información pertinente al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual .

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