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Condenaron a un policía por apropiarse de cuchillos robados

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Simulò un allanamiento en una vivienda de Trenel, donde residía una mujer con prisión domiciliaria. Los objetos fueron encontrados en su casa, en General Pico. Lo sancionaron con 6 meses de prisión en suspenso por el delito de estafa.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - El juez de audiencia de juicio, Marcelo Pagano, condenó a un policía que simuló un allanamiento para quedarse con cuchillos que habían sido robados. Ocurrió hace casi dos años en la localidad de Trenel y quien lo denunció fue una integrante de la banda que había cometido los delitos que el uniformado debía investigar.

Gastón Ariel Corbalán, de 38 años de edad y cerca de 20 años de carrera, fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de “estafa simple”. La pena impuesta fue de seis meses de prisión en suspenso, condena que le implicaría quedar fuera de la fuerza policial.

El policía prestaba servicio en Trenel mientras se investigaba una serie de robos violentos ocurridos en esa localidad y campos de la zona, delitos que incluyeron golpizas a personas mayores a quienes abandonaron maniatadas. Corbalán se presentó en la casa de una mujer que cumplía prisión domiciliaria como parte de la banda, donde simuló que cumplía una orden judicial para secuestrar los cuchillos artesanales de un importante valor que aparecieron luego en el domicilio del uniformado.

El juicio se desarrolló el 27 de julio pasado con la actuación del juez Pagano, la intervención de la fiscal María Verónica Campo y defensor particular Gastón Eduardo Gómez.

En el debate quedó demostrado que el día 9 de septiembre del año 2019, en horas de la noche, el sargento de policía Gastón Ariel Corbalán se hizo presente en un domicilio ubicado en la localidad de Trenel, donde se encontraba cumpliendo arresto domiciliario la damnificada y se llevó, a su pedido, una bolsa de cartón que contenía cuatro cuchillos.

Para lograr el desapoderamiento, indujo a error a la denunciante utilizando su posición de policía ante una mujer que se encontraba en prisión domiciliaria, siendo investigada por un hecho por el cual fue luego condenada, bajo el falso argumento de que, ante la ausencia temporal del Comisario se encontraba a cargo de la Comisaría, y por ende había sido comisionado por el fiscal general Armando Agüero para llevar adelante una investigación sobre un ilícito, en virtud de lo cual le solicitó la entrega de los cuatro cuchillos, logrando así el desapoderamiento en el momento en que la denunciante se los dio en mano.

La mujer entregó los cuchillos pero el proceder del policía le generó sospechas, por lo que indagó sobre la cuestión y terminó denunciándolo.

Sin permiso

En sus alegatos de inicio la fiscal argumentó que Corbalán “no pidió permiso, ni cursó ninguna novedad a sus superiores, respecto de que iba a realizar el secuestro antes mencionado, como así consultado al fiscal Agüero, no conoce a Corbalán, ni mucho menos le encomendó tarea tal”. Posteriormente, al momento del alegato de clausura, Campo mantuvo la acusación por el delito de estafa y solicitó la aplicación de la pena de seis meses de prisión en suspenso.

Por su parte, el defensor dijo que probaría que su defendido no había cometido delito alguno; y en su alegato de clausura solicitó la absolución ya que “no se había probado el dolo en el hecho endilgado, toda vez que Corbalán actuó en forma errónea pero no con ánimo o intención de apropiarse de los cuchillos denunciados, sino en virtud de un exceso en su afán investigativo. Supletoriamente solicitó la aplicación del beneficio de la duda y por ende reiteró su pedido absolutorio”.

Posición de policía

En referencia a los hechos, el juez Pagano manifestó que “más allá del enorme esfuerzo defensivo llevado a cabo por el Dr. Gómez, es imposible aceptar como posible que lo que cometió Corbalán fue un error. Es claro que utilizando su posición de policía ante una mujer que se encontraba en prisión domiciliaria siendo investigada por un hecho por el cual fue luego condenada, bajo el falso argumento de que, ante la ausencia temporal del Comisario se encontraba a cargo de la Comisaría y por tanto había sido comisionado por el fiscal general Dr. Armando Agüero a los efectos de solicitarle la entrega de los cuatro cuchillos denunciados, aclarándoles que la concretada entrega no debía ser divulgada. Luego trasladó dichos cuchillos desde la localidad de Trenel hasta su domicilio en General Pico, los que guardó en un armario ubicado en el garaje de su vivienda, donde fueron hallados y secuestrados”.

Y agregó que “el argumento defensivo respecto a que el error cometido por su pupilo se debió a su celo profesional y dedicación en las investigaciones -para lo cual acompañó una libreta de anotaciones del acusado sin especificar a cuál de ellas se debía prestar atención-, y el resaltar el buen concepto y altas calificaciones del uniformado -puntaje 100-, precisamente tiene el efecto contrario al esperado, ya que con más razón el acusado –que tenía 20 años de antigüedad en la fuerza- debió saber que cualquier secuestro debe llevarse a cabo previa orden judicial solicitada por el Comisario o por algún Oficial instructor, que debe labrarse un acta de dicho secuestro, que los elementos deben ser llevados a la Comisaría y luego elevados a la Fiscalía; y nada de esto hizo Corbalán“.

Engaño

La damnificada, inducida a engaño ante la calidad simulada por Corbalán al erigirse falsamente en la autoridad policial legitimada para "secuestrar" los cuchillos denunciados, “dispuso de sus cuchillos con su voluntad viciada por el error padecido, consumándose el hecho al lograr el autor que la damnificada le hiciera entrega de los mismos y así ésta sufriera el perjuicio económico requerido por la figura típica bajo análisis”, agregó el magistrado.

Al igual que la fiscal, el juez tuvo en cuenta como circunstancia atenuante la carencia de antecedentes condenatorios. Como circunstancia agravante tuvo en cuenta su calidad de policía, “ya que de él la sociedad esperaba el cumplimiento de la ley y no su quebrantamiento. El peso de la circunstancia agravante hace que me aparte del mínimo y considere justo, proporcional y razonable la fijación de la condena solicitada por la representante del Ministerio Público Fiscal, es decir seis meses de prisión en suspenso”.

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