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La Convención de la UCR tiene validez

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La Justicia Federal Electoral rechazó el planteo que había hecho Mujeres Radicales. Ese grupo estudia una posible apelación y ratifica su decisión de presentar candidatutras propias.

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EL DIARIO digital

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La Convención del radicalismo cuya nulidad había reclamado el grupo de Mujeres Radicales tiene validez, según determinó la Justicia Federal de Santa Rosa, ante la que se había presentado el recurso.

Ahora, el espacio interno de la UCR que denunció que en esa reunión partidaria hubo "maniobras fraudulentas" analiza si presenta una apelación, pero mientras tanto avanza la construcción de una candidatura del sector, tal como había planteado con anterioridad.

La exigencia de declarar nula la covención se hizo en duros términos. Ese encuentro partidario estuvo cruzado por un fuerte debate. Se resolvió la prórroga de los mandatos de la conducción partidaria. Mujeres Radicales planteó varias anomalías, entre ellas que no se respeta el cupo femenino en la distribución de cargos.

La Convención se hizo el sábado 17 de abril y determinó, como punto fundamental, la prórroga de la conducción de las actuales autoridades partidarias, sin recurrir a elecciones internas: se trató de una automática continuidad con el argumento de que la pandemia impide hacer los comicios. Esas facultades quedaron extendidas al menos hasta que se hagan las elecciones legislativas de este año.

"Hay desigualdad en la posibilidad de participación política de las mujeres, no solo en el radicalismo", recordó la convencional élida Deanna tras el fallo. Y recordó que en la UCR "no ha habido en la historia una mujer encabezando" listas legislativas, reafirmando de ese modo la decisión de presentar postulaciones en los próximos comicios.

Las Mujeres cuestionaron que se vulneró la carta orgánica y se quejaron de que la mesa de conducción no respeta la paridad de género. Lo plantearon durante el encuentro y tuvieron un encuentro con el presidente del Comité Provincia Julio Pechín para formularle las mismas exigencias.

"No pretendemos un cargo porque sí, tenemos legitimidad. Máxime si tenemos en cuenta el contexto, las mujeres somos las mitad de la población y más de la mitad de las afiliadas al partido radical", dijo Deanna.

"Si no tomamos cartas en el asunto, si no generamos políticas públicas con perspectiva de género, esto no va a cambiar. Porque seguimos en una reproducción sistemática de la pobreza", añadió.

"No queremos bendiciones de varones"

Después del fallo, y mirando en el horizonte las elecciones legislativas de este año, Deanna advirtió además que "no queremos que vuelvan los varones dirigentes a ''''bendecir'''' a las candidatas. De esa manera se reproducen los esquemas de poder de total desigualdad y de total inequidad. Las mujeres tenemos el derecho a elegir y a ser elegidas, ese derecho queremos ejercer".

Además del recurso judicial, en su momento hicieron una presentación al presidente de la Convención Roberto Paz pidiendo que se anule lo actuado porque estaba fuera de la normativa que rige el funcionamiento partidario. Opinaron incluso que la Convención quedó convertida en "una maniobra fraudulenta para favorecer a un grupo minoritario".

"No se debe usar la situación epidemiológica del país para abolir los procedimientos legales. El sistema democrático es nuestra bandera. Se borró de un plumazo en favor de un grupo minoritario", advirtió la presentación formal que hicieron.

El planteo original apuntó que hay "una prórroga de los mandatos de las autoridades del Comité Provincia hasta el mes de Noviembre de 2021, violando en principio el derecho de elegir y ser elegido en base al principio de participación y tomándose atribuciones que exceden a las facultades que le otorga la Carta Orgánica Provincial".

El documento indica que "se ''''usó'''' un órgano legal con una convocatoria legal para pretender legalizar una maniobra fraudulenta que atenta contra el derecho de las/os afiliadas/os a elegir y ser elegidas/os. Se engaña a las/os convencionales, quienes fueron convocados a definir una fecha para la realización de las elecciones internas y se termina poniendo a votación una medida que está por fuera de las facultades que le otorga la Carta Orgánica".

"La prórroga de mandatos no es un asunto propio de la convención, sino que en todo caso, debió previamente expedirse la Junta Electoral, que es en definitiva quien proclama a los candidatos electos y no la Convención, cuyos integrantes son elegidos previamente por el voto directo y luego proclamados por la Junta Electoral", añadió.

"Los partidos deben realizar elecciones ''''periódicas'''' y respetar la paridad de género. Ambos extremos están siendo incumplidos por la Unión Cívica Radical de La Pampa, por lo tanto, se considera que a partir de la notificación del presente escrito existe gravedad institucional. La dilación en el llamado a elecciones de renovación partidaria vulnera de manera directa y concreta, el derecho a elegir y ser elegidas de las mujeres".

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