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Se renueva el cupo a los ahorristas para comprar u$s 200

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A partir del 1 de enero, los ahorristas minoristas que deseen cubrirse en dólares podrán volver a utilizar su cupo mensual máximo de u$s200.

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EL DIARIO digital

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El dólar “ahorro” o “solidario” opera cerca de los $178,68, según el último relevamiento realizado por el Banco Central (BCRA) en las distintas entidades financieras del país.

A raíz de la disparada del dólar blue que hoy cotiza en $208, la diferencia entre el mercado oficial y el informal es de más de $30.

La autoridad monetaria mantiene “pisada” la cotización de la divisa para quitar presiones sobre los precios, a pesar de que se esperaba que el avance del dólar se acelerara después de los comicios electorales. Si bien el tipo de cambio real no está bajo en términos históricos, en los últimos meses sufrió un atraso ya que a la inflación mensual le costó bajar del 3%.

En la previa a los comicios, muchos operadores en el mercado esperaban que el ritmo de avance del dólar se acelere luego de las elecciones legislativas de noviembre. Esta proyección se alimentaba del hecho de que las reservas no abundan.

En noviembre, mes atravesado por las elecciones legislativas, la cantidad de personas que compró dólar ahorro trepó 21,5%, mientras que el monto de las adquisiciones saltó casi 25%. De esta manera, ambas variables alcanzaron su nivel más alto en un año.

Según el informe "Evolución del Mercado Cambiario y Balance Cambiario" publicado este jueves por el Banco Central (BCRA), durante el anteúltimo mes de 2021 fueron 926.000 los individuos que compraron moneda estadounidense para atesoramiento, por un total neto de u$s171 millones, cifras récord desde noviembre de 2020.

Además, la AFIP incorporó a entidades sin fines de lucro y cooperativas entre los sujetos no alcanzados por el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, por las operaciones realizadas en moneda extranjera.

Así, AFIP dispuso limitar las percepciones del 35% Impuesto a las Ganancias a los consumos en dólares con tarjetas, turismo y pasajes al exterior.

Quienes no sufrirán percepciones por la realización de consumos en dólares con tarjetas de débito y crédito que cancelen en pesos, por la compra de servicios de turismo en el exterior, pasajes con destino al exterior, entre otros, son:

Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales:

- Las sociedades cooperativas.

- Las instituciones religiosas.

- Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.

- Las entidades mutualistas.

- Las asociaciones deportivas y de cultura física.

- Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.

¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?

- Los que compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días

- Los que cobraron su último salario a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP)

- Los que cobraron planes sociales

- Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada

- Quienes no tienen sus ingresos declarados para evitar compras con dinero en negro o elusiones al cupo de u$s200 mediante adquisiciones a través de terceros

-Cotitulares de cuentas bancarias

- Individuos que gastaron con tarjeta su cupo de u$s200 (incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares)

- Personas que tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito

- Aquellos que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.

¿Cómo saber si estoy habilitado para comprar?

Quienes deseen acceder a la compra del dólar ahorro y no se encuentren dentro del grupo afectado por las nuevas condiciones del cepo, podrán verificar la habilitación por medio de la Certificación Negativa de ANSeS.

La Certificación Negativa es un comprobante que emite ANSeS y tiene una validez de 30 días, donde se deja constancias que no registras:

- Aportes como trabajador bajo relación de dependencia;

- Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al SIPA (tanto para trabajadores activos como pasivos);

- Transferencias como Autónomo y/o Monotributista y/o Trabajadores de Casas Particulares;

- Cobro de Asignación por Maternidad para Trabajadora de Casas Particulares;

- Cobro de la Prestación por Desempleo;

- Cobro de programas sociales.

- Cobro de la Asignación Universal por Hijo;

- Cobro de la Asignación por Embarazo;

- Cobro de Becas Progresar;

- Cobro de prestaciones previsionales vigentes a la fecha de la solicitud.

Obra social.

Además, en este documento figura si el solicitante se encuentra o no registrado como Monotributista Social informado por el Ministerio de Desarrollo Social.

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