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Violencia laboral: recurrieron el fallo del STJ que salvó a Bongianino

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Dos defensoras denunciaron la conducta del procurador general. Tres ministros del STJ dijeron que no detectaban “maltrato laboral”. Un recurso de reconsideración advierte que los propios jueces incurren en una “violación absurda y arbitraria” de recomendaciones para la perspectiva de género.

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EL DIARIO digital

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El fallo dividido del Superior Tribunal de Justicia que dejó a salvo al procurador general Mario Bongianino tras una denuncia de violencia laboral, fue apelado en duros términos por una de las funcionarias judiciales denunciantes.

La defensora Ana Carolina Díaz (Defensoría 2) reafirmó sus conceptos, acusando a Bongianino de ejercer violencia y además puso en evidencia la protección que el funcionario encontró en tres de los ministros del máximo organismo judicial.

Díaz hizo una presentación el 9 de diciembre del año pasado ante la Oficina de la Mujer y la Violencia Doméstica (OMyOVD). El equipo técnico elaboró un "informe de riesgo conclusivo" tras entrevistar a la defensora. Se sumó un relato en el mismo sentido de otra defensora, Dorila Romero (Defensoría 4), quien hizo su presentación el 16 de diciembre.

La resolución de mayoría del STJ la firmaron Victoria Elena Fresco, Fabricio Losi y Eduardo Fernández Mendía (ver aparte), con el voto minoritario de José Sappa y Hugo Díaz.

En resumen, ese fallo deja a salvo a Bongianino, bajo el argumento de que “técnicamente lo informado resulta insuficiente para establecer la existencia de Maltrato Laboral”.

Pero el caso no quedará ahí, porque la titular de la Defensoría Civil número 2 de la primera circunscripción interpuso un recurso de reconsideración, interpretando que la resolución “me causa un gravamen irreparable”.

“Conducta violenta”

El pedido es que se revoque la resolución y se ordene el inicio de un sumario administrativo para que se respete la defensa en juicio y para que “sancione la conducta violenta desplegada por el funcionario denunciado, de manera ejemplar, a fin de que tales conductas no se repliquen, ni repitan en el tiempo, ya sea por dicho funcionario u otro”.

También exige una “retractación pública en cuanto a las manifestaciones ofensivas hacia mi supuesto proceder inadecuado e infundado como funcionaria”.

Una recomendación de Losi, Fernández Mendía y Fresco es “mejorar la comunicación entre las partes afectadas y el señor Procurador”. Pero Díaz asevera que “no se puede mejorar la comunicación entre un agresor y sus víctimas simplemente porque no debe haber comunicación”.

Comparó: “es lo mismo que decirle a una mujer que concurre a la Defensoría por ser víctima de violencia de género que tiene que mejorar la comunicación con su agresor, es decir con la persona que la violenta en la privacidad de su hogar y, como en el caso de marras, con mi superior jerárquico que lo ha hecho hasta de manera pública”.

“Esta práctica se encuentra prohibida por todos los instrumentos jurídicos vigentes en el país”, remarca. Recuerda que “fuimos dos mujeres funcionarias, víctimas, que se animaron a denunciar a la autoridad máxima de la que dependen laboralmente”.

“Violación absurda y arbitraria”

La denunciante alerta que “si se hubiese tenido perspectiva en la redacción (de la decisión mayoritaria del STJ) no se habría diferenciado entre ‘partes’”, sino entre agresor y víctimas.

El otro punto que señala refiere a la “generalidad” de la decisión, que alude a la “capacitación en género que se debe realizar”. Diferencia: “en lo personal me encuentro capacitada (…). Aquí la única persona que debe capacitarse y acreditar tal capacitación es el Dr Bongianino y esta orden debe estar en forma clara, diferenciada y expresa. Claro que tal capacitación -apunta- no garantiza la capacidad de aplicarlo en la práctica, tal como se advierte del agravio que antecede, pero en definitiva es el comienzo”.

“Lo real y lo concreto es que mi superior jerárquico -añade- puede hacer y decir lo que le plazca de mi persona, sin capacitación y formación alguna, y quienes deben enmendar dicho error violan de manera absurda y arbitraria todas las recomendaciones y convenciones en materia de perspectiva de género y violencia institucional; dejando a aquel en un marco de impunidad absoluta”, acusa la profesional.

También cuestiona la medida que establece la necesidad de establecer un “mapa” de desigualdades en el Poder Judicial. “Esta medida resulta ‘folklórica’. Si el STJ hubiese querido información, datos, mapas, informes, estudios, sondeos del Poder Judicial, lo hubiese hecho por afuera de una denuncia puntual y concreta contra un funcionario. Esto no resuelve nada, no restituye derechos vulnerados, no me resguarda como víctima y tampoco lo hace a futuro para ninguna mujer”. “Tampoco sanciona al agresor, sino que lo fortalece”, afirma.

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