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Abuso sexual: cruce entre Meaca y fiscales por los juicios abreviados

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El defensor de Niñez y Adolescencia cuestionó un acuerdo que no contó con aval de la madre de la víctima. La Asociación de fiscales -que tiene a Armando Agüero como cara más visible- salió a repudiar al funcionario.

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EL DIARIO digital

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Un acuerdo de juicio abreviado en el que se decidió una condena a un abusador sexual disparó un fuerte cruce entre el defensor de Niños, Niñas y Adolescentes Juan Pablo Meaca y la Asociación que representa a los fiscales del Ministerio Público, que salió a repudiar sus dichos y acusarlo de desconocer el modo en que se implementan estos mecanismos.

Meaca salió a rechazar públicamente que se usen los juicios abreviados en casos de abuso. No aludió a ninguna situación puntual, pero hubo un caso reciente que fue disparador: un hombre fue condenado pese a que la madre de la víctima no estaba de acuerdo en esa sentencia (ver aparte).

“Beneficia al abusador”

El Defensor Meaca insistió, entonces: “el juicio abreviado en las situaciones de Abuso Sexual en la Infancia sólo y únicamente beneficia al abusador”.

El funcionario dijo que “desde lo ideológico en defensa de los derechos humanos de la Infancia es inadmisible negociar con los agresores sexuales, sostener que esto evita exponer a niñas, niños y adolescentes es desconocer que el daño para estos es permanente, y que va implicar esta vulneración un abordaje a largo plazo, y que el abusador en unos años va estar en libertad, sin abordaje ni seguimiento”.

“Con las Defensoría de Niñez de las provincias seguimos sosteniendo que no debe habilitarse el Abreviado en ASI y deben elevarse las penas”, reiteró.

"Desconocimiento profundo"

La Asociación que agrupa a los fiscales y las fiscales no tardó en salir a “repudiar los dichos”. La preside Oscar Cazenave y uno de sus motorizadores principales esel fiscal general de Pico, Armando Agüero.

Integrantes de la organización recordaron que el artículo 36 del Código Procesal “habilita expresamente al abreviado como salida elegida por el fiscal, con control Jurisdiccional siempre”.

“Hablar se que ‘beneficia al agresores’ es desconocer profundamente la naturaleza jurídica del instituto (Juicio Abreviado) y sus efectos, esto es la pena privativa de la libertad y los efectos que conlleva”, dijeron.

“El agresor sin debate oral y público es condenado a 6 años. Les NNYA víctimas de abusos son sobrevivientes de una tragedia que difícilmente pueda ser reparada con años de prisión, pensarlo en esos términos es desconocer también la naturaleza del conflicto que subyace detras de un abuso”, añaden desde el sector que representa al Ministerio Público.

“Nada vuelve a ser igual y no hay reparación posible más que la asistencia adecuada para aprender a convivir con el dolor de haber pasado la experiencia”, apuntan.

Aclaran que “no es nuestro deseo plantear un conflicto mediático sino explicar a la comunidad que cada vez que el MPF opta por esta salida lo hace sabiendo que con la debida diligencia del caso es la mejor opción. Debe saberse que ir a un debate no garantiza una condena y que en un juicio abreviado no solo se consigue una condena sino el reconocimiento expreso del agresor del hecho cometido. Estas manifestaciones desacertadas, generan descreimiento en las instituciones y confusión en las víctimas, producto del desconocimiento mencionado”.

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