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Fonseca reclama para Comunidad Organizada el director suplente de Empatel

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La diputada provincial Sandra Fonseca reclamó que el director suplente y el síndico suplente sean para integrantes de Comunidad Organizada como "segunda minoría".

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EL DIARIO digital

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Además descargó sus críticas hacia el gobernador Sergio Ziliotto y al "gobierno vernista", en un tono similar a la verborragia política que le impuso a Comunidad Organizada su actual pareja Juan Carlos Tierno.

"En tiempos actuales hemos visto como la ciudadanía tiene que cumplir la legislación vigente y normas decretadas por orden de los gobernantes de turno y ellos mismos no lo hacen", señaló en un documento dado a conocer este lunes.

"Pues a la hora de colocar en cargos de empresas del estado pampeano que manejan importantes fondos y servicios públicos (petróleo, energía, telecomunicaciones), lo manipulan con allegados o del grupo Verna, los cuales por orden del gobernador gozan también de la complicidad del Poder Judicial que responde a los pedidos políticos del gobierno para desconocer estos hechos que perjudican no solo a la democracia, sino al derecho de las minorías de nuestro pueblo pampeano", dijo Fonseca.

"Al igual que en el caso de las designación de autoridades de Pampetrol S.A.P.E.M y Fiduciaria La Pampa S.A.P.E.M las designaciones para los cargos de Empatel S.A.P.E.M procederán nuevamente en la absoluta ilegalidad, de acuerdo específicamente a su Ley Organica que en su Articulo 5 dicta: (…) “El Director Suplente y el Síndico Suplente serán propuestos por el Bloque que represente a la segunda minoría parlamentaria surgida del sufragio popular”(…)", mencionó.

"Esto significa que acorde el voto popular del dia del 19 de mayo del 2019, y surgiendo el partido político Comunidad Organizada como segunda minoría en representación parlamentaria, corresponde la propuesta de los mismos a nuestro Bloque partidario, que no solo representa a Comunidad Organizada, sino al voto popular", reclamó la legisladora.

"La norma legal vigente, expresa categórica e inconfundiblemente que la segunda minoría legislativa es la que se considera a partir de la voluntad popular y no de ninguna posibilidad de movilidades o de readecuaciones que implican formaciones de bloques u otros movimientos políticos posteriores a la elección popular.", sostuvo.

"No se trataría de un acuerdo político de los tantos que se pueden realizar, con algún reproche en los casos de carácter ético, se trataría de vulnerar la Ley, la Constitución en términos de la voluntad popular y también la misma ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, que expresamente cataloga de fraude societario a toda acción, conducta u omisión al cumplimiento de las normas legales y estatutarias que rigen las sociedades, con consecuencia no solo de la nulidad de los actos realizados, sino también de las responsabilidades penales de aquellos que por acción u omisión lo hayan consumado", afirmó Sandra Fonseca.

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